Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA I, 29 de Mayo de 2015, expediente CNT 027013/2009/CA002 - CA001

Fecha de Resolución29 de Mayo de 2015
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO.: 66760 EXPEDIENTE NRO.: 27013/2009 AUTOS: C.N.A. c/ CONSOLIDAR A.F.J.P. S.A.

s/DIFERENCIAS DE SALARIOS Buenos Aires, 29 de mayo de 2015 VISTO

Y CONSIDERANDO:

A fs. 218 fueron regulados los honorarios de la representación y patrocinio letrado de la parte actora por la labor cumplida en el 5% del monto ejecutado.

A fs. 241 la parte demanda apeló los honorarios regulados a fs. 218 por reputarlos elevados.

Delimitada de tal modo la cuestión sometida a consideración del Tribunal, se debe señalar que teniendo en cuenta las constancias de la causa, el monto ejecutado, la calidad, mérito y extensión de las tareas cumplidas por la representación y patrocinio letrado de la parte actora y lo normado por los arts. 7, 37 y 40 de la ley 21.839, los emolumentos en cuestión lucen elevados por lo que corresponde su reducción al 4%

del monto ejecutado.

Por lo que el Tribunal

RESUELVE:

1) Reducir los honorarios regulados a fs. 218 a la representación y patrocinio letrado de la parte actora al 4%

del monto ejecutado. 2) H. saber a los interesados lo...

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