Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 28 de Septiembre de 2016, expediente CIV 029745/2013

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala M

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M 29745/2013 CARTOCHIO JOSE ANTONIO c/ MARTELLI, M.S. s/LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL Buenos Aires, 28 de septiembre de 2016 fs.458 VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. La resolución adoptada a fs. 444/vta. que rechazó el pedido de la parte demandada de que se suspendan las presentes actuaciones a la espera de lo que se resuelva en los juicios de alimentos y de fijación de canon locativo habidas entre las partes, fue apelada por la accionada, a la luz de las quejas que expresó a fs.

    448/50. Corrido traslado, la parte actora lo respondió a fs. 452/53.

    Para así peticionar sostuvo la recurrente que la ecuación económica de la liquidación de la sociedad conyugal se verá alterada por la fijación de una cuota de alimentos que se espera importante y por la fijación de un canon locativo por lo que, de dictarse sentencia en estos autos, luego debería ser esta adecuada al resultado de dichos pleitos. Dichos argumentos, sin variación, son reiterados en la pieza procesal que se trae fundando la apelación.

  2. Esta S. ha decidido ya en numerosas oportunidades que la suspensión de un proceso judicial a expensas de lo actuado en otro proceso, es una medida por demás gravosa que sólo puede admitirse en excepcionales supuestos que no resultan el aquí analizado.

    En efecto, más allá de que la cuestión atinente a los alimentos ha quedado zanjada al tiempo de decidir esta apelación, toda vez que contemporáneamente al presente este Tribunal ha confirmado el rechazo de la demanda que...

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