Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 15 de Abril de 2009, expediente Rc 105700

Presidentede Lázzari-Soria-Kogan-Genoud
Fecha de Resolución15 de Abril de 2009
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 105.700 "C., M.M. y otro c/C., O.G. y otros. Cumplimiento de contratos civiles y comerciales".

//Plata, 15 de Abril de 2009.

AUTOS Y VISTO:

  1. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Junín confirmó lo resuelto por el juzgado en tanto hizo lugar a la demanda de cumplimiento de contrato, promovida por M.M. y R.J.C. y al allanamiento formulado por D.E.C.. Dispuso que este último y O.G.C. otorguen a los primeros la escritura traslativa dominial del inmueble de autos, en la porción indivisa que les correspondió, conforme el convenio de disolución de la sociedad de hecho que originariamente los vinculó (fs. 258/263; 291/295 vta.).

    Frente a lo así resuelto, el nombrado O.G.C. articuló un recurso de inaplicabilidad de ley (fs. 303/304 vta.), el que fue concedido (fs. 305/305 vta.).

  2. Dable es señalar que en el caso, el valor del litigio -a fin de cumplir con lo previsto por el art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial- es de monto determinado y está representado para el impugnante por el 25% de la valuación fiscal del inmueble objeto del presente juicio, a la fecha de interposición del remedio extraordinario...

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