Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 30 de Octubre de 2020, expediente CNT 002844/2018/CA001

Fecha de Resolución30 de Octubre de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO. 49938

SALA VI

Expte Nº CNT 2844/2018

(JUZG. NRO. 36)

Autos: “CARRIZO LUCAS FABIAN C/BANCO HIPOTECARIO S.A. Y OTRO –

EXHORTO - EXHORTO“

Buenos Aires, 30 de octubre de 2020

VISTO:

La parte demandada apela la regulación de honorarios del perito contador, por considerarlos elevados, y a su vez, éste último, los apela por estimarlos reducidos (fs. 31/32 y 30

respectivamente).

Y CONSIDERANDO:

Que, por todo lo expuesto, considerando las pautas establecidas en el art. 38 de la LO, normas arancelarias de aplicación, el monto económico involucrado y las labores efectuadas en autos por el experto contable, los honorarios regulados lucen adecuados, por lo que corresponde su confirmación.

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar la regulación de honorarios del perito contador.

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

R., notifíquese y vuelvan.

Fecha de firma: 30/10/2020

Alta en sistema: 04/11/2020

Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.S.G.I., PROSECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA

G.L.C.

JUEZ DE CAMARA

LUIS A...

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