Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 17 de Abril de 2018, expediente CNT 111339/2016/CA001

Fecha de Resolución17 de Abril de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO.: 76001 EXPEDIENTE NRO.: 111339/2016 AUTOS: C.M., J.C. c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL Buenos Aires, 17 de Abril del 2018 VISTO

Y CONSIDERANDO:

Reunidos los integrantes de la Sala II a fin de considerar el recurso deducido en autos y para dictar sentencia interlocutoria en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación:

La Dra. G.A.G. dijo:

La sentenciante de primera instancia a fs. 91, desestimó el pedido de citación de terceros de Mapfre ART S.A. y Orbe Projet S.A., solicitado por la demandada Federación Patronal Seguros S.A. Contra tal decisión se alza la demandada a tenor del memorial obrante a fs. 92/94, el cual es replicado por la parte actora a fs. 97/98.

La apelante funda su queja, básicamente, en la circunstancia de que, deviene en necesaria la citación de Orbe Projet S.A. y Mapfre ART S.A. puesto que de los antecedentes que surge de la SRT el actor habría sufrido en fecha 27/09/2006 y 04/06/2013 dos accidentes anteriores en los cuales resultó afectada la misma zona en la cual habría sufrido el accidente de fecha 26/04/2014 y, el 17/04/2010 un accidente anterior en el que habría resultado afectada la misma zona del accidente invocado el 22/02/2016, por lo que en el caso de ser condenada en autos podría ejercer una acción de repetición contra estos.

Corrida vista de las actuaciones al Ministerio Público, el Sr. Fiscal General ante la C.N.A.T., el Dr. E.O.Á., se expidió a tenor del dictamen obrante a fs. 106, cuyos argumentos comparto y doy por íntegramente reproducidos brevitatis causae.

Ahora bien, coincido con el F. General en cuanto sostiene que “...a diferencia de la intervención voluntaria del tercero que puede Fecha de firma: 17/04/2018 Alta en sistema: 26/04/2018 tener lugar en cualquiera fuere la etapa o la instancia en (que) se encuentre el pleito (art.

Firmado por: M.A.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.F., SECRETARIO INTERINO Firmado por: G.A.G., Juez de Cámara #29312234#203075184#20180418091429360 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II 90 C.P.C.C.N.), su citación coactiva debe ser pedida y resuelta en la(s) instancias introductorias del proceso a fin de asegurar su participación. Ello así, cabe advertir que la recurrente no ha...

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