Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 1, 6 de Agosto de 2013, expediente 17.349

Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2013
EmisorSala 1

Cámara Federal de Casación Penal Causa N° 17.349 -Sala I-

Carreras, H.O.;

G.A., J.H. y Arzuaga, J.M. s/recurso de casación“

Buenos Aires, 6 de agosto de 2013. R.. Nº 21.497

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver la admisibilidad del recurso de casación interpuesto por la defensa particular de J.M.A., J.H.G.A. y H.C. en estos autos nro. 17.349,

Y CONSIDERANDO:

El doctor L.M.C. dijo:

1º) Que el 26 de julio de 2012 la Sala A

de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza confirmó la resolución del juez instructor en cuanto no hizo lugar a la extinción de la acción penal por prescripción; a la extinción de la acción penal por insubsistencia de la acción; a la falta de acción por resultar atípica la conducta imputada que impide la prosecución de la acción penal, y falta de acción por manifiesta ilegalidad en la promoción de la acción.

Contra esa resolución interpuso recurso de casación la defensa particular de J.M.A.,

J.H.G.A. y H.C. (fs.170/181), el que fue concedido a fs. 183.

2º) Que para resolver de la manera en que lo hizo, la cámara a quo indicó que “la mera lectura de los argumentos que se vierten en el escrito que luce a fojas sub.

1/48, surge que no son más que una transcripción literal de los que plantearan oportunamente los mismos letrados en el precedente de autos Nº 92.890-F-22.955, caratulados “Incidente de Excepciones de Previo y Especial Pronunciamiento en As. 10128-C F. c/Carreras”, los que fueron rechazados por este Cuerpo Colegiado con fundamento de hecho y derecho. A fin de evitar repeticiones innecesarias y en honor a la celeridad procesal, se dan por reproducidas en esta instancia las consideraciones que se expusieron en dicho legajo”.

Sin perjuicio de ello, la Cámara señaló

que “no se ha producido la prescripción de la acción penal respecto de los imputados J.H.G.A., H.O.C. y de J.M.A. toda vez que el máximo de la pena para el delito que se les imputa es de diez años…y no transcurrió ese plazo entre la fecha de la comisión de los delitos investigados…y el primer llamado para recibir declaración indagatoria”.

Además, “en punto al planteo de extinción penal por excesiva duración del proceso…(dijeron) la investigación de los hechos delictivos denunciados resulta de mayor complejidad, en razón de la forma en que se organizan este tipo de maniobras propias del contrabando, por lo que se requiere mayor especificidad y tecnicismo en materia aduanera y sobre todo tiempo en la producción de los elementos de prueba que permitan verificar la...

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