Sentencia de Sala “B”, 27 de Abril de 2009, expediente 15.530

Fecha de Resolución27 de Abril de 2009
EmisorSala “B”

Poder Judicial de la Nación N° 327 /2009 Civil/Int. Rosario, 27 de abril de 2009.-

Visto, en Acuerdo de la Sala “B” el expediente n° 15.530

CARRASCO, M.F. c/ P.E.N - Ministerio de Economía de la Nación -Banco Boston s/ Amparo Ley 16.986 y Medida Cautelar

, (n°

641/02 del Juzgado Federal n° 1 de la ciudad de San ta Fe).

Y Considerando que:

  1. El apoderado del Bank Boston N.A. Dr. Charles B .

    )

    R. solicitó se aclare el Acuerdo número 60/08 obrante a fs. 246/248

    en un todo de conformidad con lo establecido por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el precedente “M.J.A. c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ Amparo Ley 16.986”, dado que según señaló, se ordenó a su mandante abone las sumas objeto de autos con relación a la Caja de Ahorro número 0544/11102354/21, aplicando el cálculo establecido en el fallo “M.” (1,40+ CER+ 4% anual), pera nada se especificó respecto del tope establecido por la Corte Suprema en ese USO OFICIAL

    mismo fallo, en el sentido de que dicho cálculo será procedente siempre y cuando el resultado del mismo no supere la suma reclamada calculada al valor del dólar libre.

  2. Cabe destacar que en el Acuerdo número 60/08, este )

    Tribunal decidió aplicar y resolver todos los puntos objetos de esta litis ajustándose por su analogía al precedente “M.”, por lo que el resultado al que se arriba es idéntico en función de lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en casos similares.

    En tal sentido, en tanto el Acuerdo número 60/08 no ha sido apelada por la actora, cabe aclarar que el reconocimiento del derecho...

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