Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 24 de Abril de 2019, expediente CIV 74560/2016/CA1

Fecha de Resolución24 de Abril de 2019
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M 74560/2016 CARLOTAX SRL Y OTRO c/ FEIGUELBLAT, EDUARDO CESAR Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS Buenos Aires, de abril de 2019 fs.153 VISTOS Y CONSIDERANDO: I.- El mediador acusó la caducidad de la segunda instancia (fs.147) con relación al recurso interpuesto por la parte demandada a fs. 144/45 contra los honorarios que se le regularon a fs. 141; recurso concedido a fs. 146. Notificada la demandada de la incidencia, contestó el traslado conferido a fs. 149/vta..

El art. 313 inciso 3°, del C.igo Procesal establece, que no se producirá la caducidad cuando la prosecución del trámite dependiere de una actividad que el código citado impone al oficial primero (cfr.

art.251 del C.igo Procesal). Sin embargo, el principio no es absoluto pues cabe apreciar las circunstancias particulares de cada caso, el tiempo transcurrido y el interés puesto en el mantenimiento del recurso, ya que el recurrente no puede desinteresarse absolutamente de la suerte de aquél (cfr. esta S., expte. 93889/2013).

Cabe agregar, que la segunda instancia se abre con la concesión del recurso de apelación a los fines del cómputo del plazo de caducidad de tres meses previsto por el art.310, inciso 2°, del C.igo Procesal. Desde entonces incumbe a las partes interesadas urgir el procedimiento y es el apelante quien tiene la carga de mantener vivo el proceso, a fin de no perder su derecho. De lo contrario asume el riesgo de que se opere la caducidad (cfr. M., A. C.igos Procesales..., t.IV-A, págs.110/111; esta S., R. 613.862, entre otros).

Al respecto la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido que, si bien la obligación de remitir la causa al tribunal Fecha de firma: 24/04/2019 Alta en sistema: 25/04/2019 Firmado por...

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