Carlos Villarreal

A fs. 415/418 de los Autos N° 25.600 caratulados "CARLOS VILLAREAL E HIJOS SRL p/CONC. PREV. VOL. p/QUIEBRAS Y CONCURSOS", el Tercer Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas, de la Segunda Circunscripción Judicial resolvió: 1°) Declarar la quiebra de la firma Carlos Villarreal e Hijos SRL, inscripta bajo el N° 10 fs. 234 T° 1 -A y bajo el N° 67 T° 1- del Registro Público de Sociedades de Responsabilidad Limitada de San Rafael Mendoza el día 19 de agosto de 1976, pasando a fs. 170 T° 1 B del Registro Público de Modificaciones de Sociedades de Responsabilidad Limitada con domicilio social en calle Godoy Cruz N° 127 y legal en Paso de Los Andes N° 330 de General Alvear, Mendoza. 2°) Disponer la anotación de la presente declaración de quiebra en el Registro Público de Comercio, Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Suprema Corte de Justicia de la Provincia y Registro de Personas Jurídicas. Ofíciese. 3°) Ordenar la inhibición general para disponer y gravar bienes registrables de la firma Carlos Villareal e Hijos SRL y de Carlos Hugo Villarreal LE 8.030.433 en carácter de socio gerente de la deudora. Ofíciese. 4°) Intimar a la fallida y a los terceros que posean bienes y documentación de aquella, para la entrega al Síndico dentro de los dos días de la última publicación edictal. 5°) Ordenar a la fallida que dentro del día siguiente a la notificación entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. 6°) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces en el caso de hacerse, debiendo hacerse en autos, notificando a los locatarios de la fallida en forma Urgente mediante Oficial de Justicia en asocio con la sindicatura en el inmueble de Godoy Cruz 127 y/o con salida a Fray Luis Beltrán requiriendo fotocopia de la documentación de la relación locativa. Cúmplase. 7) Oficiar al Correo Argentino SA para que intercepte la correspondencia epistolar y telegráfica de la fallida, la que deberá ser entregada al Síndico en forma inmediata. Ofíciese. 8°) Prohibir al señor Carlos Hugo Villarreal LE 8.030.433 en su carácter de socio gerente de la fallida la salida del país, a cuyo efecto deberá oficiarse a la Dirección de Migraciones dependiente del Ministerio del Interior Delegación Mendoza, Policía Federal Delegación Mendoza y Policía de la Provincia. 9°) Ordenar se publiquen...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR