Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 29 de Diciembre de 2023, expediente CIV 104805/2010/CA003

Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2023
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H

104805/2010

CAREAGA GARAYO JUAN BAUTISTA Y OTROS c/

DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD s/DAÑOS Y

PERJUICIOS

Buenos Aires, de diciembre de 2023.- FE

Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO

  1. Fueron remitidos los autos a esta Sala para resolver el planteo de caducidad de la segunda instancia formulado por el en el escrito del 24 de noviembre de 2023, cuyo traslado fue contestado el 11 de diciembre de 2023 por la Dirección Nacional de Vialidad.

  2. En la especie, se observa que el 18 de agosto de 2023 este Tribunal desestimó el acuse de la caducidad de segunda instancia articulado anteriormente por la misma parte por haberse solicitado en forma prematura. Ello, puesto que la parte accionante no había sido notificada de la sentencia apelada en forma correcta y solo pudo tenérsela por notificada a partir del acuse que había formulado el 23

    de marzo de este año.

    Distinta solución merece el caso en esta nueva oportunidad.

    En efecto, una vez remitido el expediente a la instancia de grado, con fecha 23 de agosto de 2023 se hizo saber a las partes su devolución, sin que se impulsara en modo alguno la nueva elevación del expediente para el examen del recurso interpuesto contra la sentencia definitiva. Se observa así que hasta el nuevo acuse de caducidad de la segunda instancia introducida el 24 de noviembre de este año, transcurrió el plazo legal previsto en el inciso 2 del art. 310

    del CPCC.

    No obsta a ello la presentación que efectuó la demandada para requerir la elevación del expediente, dado que fue llevada a cabo el 27 de noviembre de 2023, es decir, en forma extemporánea, con posterioridad al acuse de caducidad impetrado.

    En consecuencia, esta oportunidad, el planteo será admitido.

    Fecha de firma: 29/12/2023

    Firmado por: L.E.A.D.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.M.K., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.B.F., JUEZ DE CAMARA

  3. Por las consideraciones expuestas, el tribunal

    RESUELVE:

    I.D. la caducidad de la segunda instancia con relación al recurso interpuesto por la Dirección Nacional de Vialidad el 23 de septiembre del mismo año contra la sentencia definitiva del 15 de septiembre de 2022.

  4. Imponer las costas a cargo de la demandada.

    REGISTRESE y NOTIFIQUESE por SECRETARIA. Cumplido,

    comuníquese al CIJ (Ac. 15/2013 y 24/2013 CSJN) y devuélvase.

    Fecha de firma: 29/12/2023

    Firmado por: L.E.A.D.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.M.K., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.B.F., JUEZ DE CAMARA

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