Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL, 14 de Noviembre de 2019, expediente FLP 053122/2019/CA001

Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA Plata, 14 de noviembre de 2019.

AUTOS Y VISTOS: Este expediente FLP 53122/2019/CA1 caratulado “CARDOZO, E.R. c/ PAMI-

INSSJP s/ prestaciones médicas”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 3 de Lomas de Z., Secretaría N° 10; Y CONSIDERANDO QUE:

I.A..

El señor E.R.C. –en representación de su hija G.A.C.-, con el patrocinio letrado del defensor público coadyuvante de la Defensoría Oficial N° 2, promovió la presente acción de amparo contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) –y subsidiariamente contra el Estado Nacional Ministerio de Salud de la Nación- a fin de que se le ordene autorizar y cubrir al 100% el medicamento Genvoya 1 x día, “así

como también toda otra prestación, medicamento, o tratamiento que se disponga por sus médicos tratantes en relación a la patología que padece”.

De acuerdo a lo que relató y acreditó

documentadamente en su escrito inicial el amparista, su hija G.A.C. padece VIH y en el marco del tratamiento que se encuentra realizando se llevó a cabo una modificación en el medicamento utilizado, prescribiéndole su médica tratante la medicación “Genvoya (1 dosis por día), a fin de mejorar la adherencia”

Según lo que alegó, la medicación fue solicitada a PAMI –obra social a la que está afiliada su hija- a través del formulario antirretrovirales único, en donde se consignaron las justificaciones médicas de la modificación en el tratamiento. El Instituto Fecha de firma: 14/11/2019 respondió a través de un correo electrónico que no Alta en sistema: 15/11/2019 Firmado por: C.A.V., juez de cámara Firmado por: JULIO V.R., Juez de Cámara Firmado por: P.M.L., Secretario federal #33954877#249533971#20191115085555860 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA existían fundamentos médicos infectológicos para solicitar ese medicamento.

En razón de ello, el amparista se presentó ante la Defensoria Federal desde donde se diligenció un oficio al PAMI para que explique los motivos por los cuales no se autorizó la cobertura del medicamento. La respuesta fue que esa medicación nunca había sido solicitada y que además PAMI no tenía convenio para cubrirla, razón por la cual se recomendaba la solicitud de otra droga alternativa.

En este contexto, dedujo la presente acción y solicitó una medida cautelar con el fin de que se ordene a la accionada la autorización y cobertura al 100% del medicamento solicitado, así como también de toda otra prestación, medicamento o tratamiento que dispongan los médicos tratantes de G.A. (fs. 49/54).

  1. La decisión recurrida y los agravios.

    El a quo hizo lugar al anticipo precautorio y le ordenó al demandado “en forma inmediata arbitre los medios necesarios para autorizar con cobertura del 100%, en favor de G.A.C. (D.N.I.

    27.201.363 beneficiaria N° 150819287006) el medicamento GENVOYA 1x día, como así también toda otra prestación, medicamento o tratamiento que dispongan sus médicos tratantes en relación a la patología que padece, sin más requisitos que su prescripción médica. Todo ello a través de prestadores...

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