Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 29 de Agosto de 2018, expediente CNT 018107/2014/CA001

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII Causa N°: 18107/2014 SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 44402 CAUSA Nº 18.107/2014 - SALA VII - JUZGADO Nº 24 AUTOS: “C.A.G. c/ HORIZONTE COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A. y otro s/ accidente – ley especial”.

Buenos Aires, 29 de agosto de 2018.

VISTO:

La demandada apela a fs.134, los estipendios allí regulados en favor del perito médico, porque los estima elevados. También los recurre el auxiliar, a fs.

145, por entenderlos bajos.

Y CONSIDERANDO:

Que teniendo en cuenta la tarea desarrollada por el facultativo y su incidencia en la solución arribada en el pleito, el monto del acuerdo conciliatorio, a juicio del Tribunal, la regulación cuestionada resulta adecuada y ajustada a las pautas arancelarias de aplicación al tiempo de realización del informe pericial y a lo normado por los Arts. 38 de la LO, 13 de la ley 24.432, por lo que cabe su confirmación.

Por lo expuesto...

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