Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 24 de Febrero de 2021, expediente FTU 002867/2011/CA001

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA LEYES ESPECIALES (CIVIL)

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE TUCUMAN

Causa: 2867/2011/CA1, CARDONA, R.E. Y OTROS c/

ESTADO NACIONAL, MINISTERIO DE DEFENSA EJERCITO

ARGENTINO s/ REAJUSTE DE HABERES. JUZGADO FEDERAL DE

TUCUMÁN -2-

S.M. de Tucumán,

Y VISTO: el recurso de apelación deducido a fs. 370 de autos; y C O N S I D E R A N D O:

I- Que viene la presente causa a consideración de esta Alzada en virtud del recurso de apelación deducido por la parte actora en contra de la sentencia de fecha 19 de agosto de 2020 (fs.

367/369) que resuelve: I) RECHAZAR íntegramente la demanda interpuesta por C.R.E., V.E., B.D.O., C.D.A., D.M.S., H.F.G., L.Á.I.,

L.R.D., M.L.A., P.S.J.M., P.A.R., C.G.D., R.J.C., S.R.S., V.C.F., V.V.H. y R.F.R. en contra del Estado Nacional Argentino - Ministerio de Seguridad - Ejército Argentino, con costas.

Concedido el recurso y elevadas las actuaciones a este Tribunal, la actora expresa agravios a fs. 375/377. Corrido el traslado de ley, la demandada contesta a fs. 379/382. Que estando Fecha de firma: 24/02/2021

Firmado por: M.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: R.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.H., SECRETARIO DE CAMARA 1

Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA

firme el llamado de autos para sentencia, la causa queda en estado de ser resuelta por el Tribunal.

La parte recurrente manifiesta en su memorial de agravios que el señor juez de anterior grado no tuvo en cuenta que hasta el día de hoy se abona dentro del haber mensual el concepto “compensación por inestabilidad de residencia” ya que el trabajo de las FFAA y Seguridad conlleva explícitos estos traslados y cambios de jurisdicción. Señala que ahora se encuentra inmerso en el haber mensual del Ejército Argentino y que ya no está

discriminado. Invoca jurisprudencia de este Tribunal. Asimismo, se queja de la forma en que fueron impuestas las costas. En definitiva,

solicita que se revoque la sentencia apelada y se haga lugar a la demanda.

II- Que examinando las constancias de autos se advierte que la presente demanda iniciada por R.E.C. y otros en contra del Ejército Argentino -Ministerio de Defensa- se inicia el 06/06/11, con el fin de reclamar la incorporación al haber mensual el adicional, como remunerativo y bonificable, del rubro “Compensación por inestabilidad de residencia”.

Cabe poner de resalto que a la fecha en la que inicia la acción, estaba ya vigente el D.. N° 1081/05 que, en su artículo 2°,

expresamente dispone: “el haber mensual...

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