Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 16 de Marzo de 2021, expediente COM 011581/2020

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D

11581/2020 CARCAVALLO, M.H. Y OTROS c/

MAZARD S.A. s/ORDINARIO.

Buenos Aires, 16 de marzo de 2021.

  1. Vienen los autos para dirimir el conflicto de competencia suscitado entre las magistradas titulares de los Juzgados n° 26 y 28 del Fuero.

    El escenario fáctico luce expuesto en las decisiones dictadas en fecha 3.2.21, 5.2.21 y 8.2.21.

    La F. General ante la Cámara emitió dictamen el 3.11.21.

  2. L. corresponde señalar que, iniciada la presente acción, la señora juez a cargo del Juzgado n° 26 del Fuero declaró, en los términos del art. 51 de la ley 26.589, operada la caducidad de la instancia de mediación. A su vez, ordenó que la parte actora formalice un nuevo requerimiento de mediación previa y obligatoria, y ordenó el resorteo de las presentes actuaciones (v. pronunciamiento de fecha 20.11.20).

    Ahora bien, esta S. tiene reiteradamente dicho que ni la ley 26.589 ni su decreto reglamentario 1467/11 han especificado cuáles son las consecuencias que se siguen de la declaración de caducidad del trámite de mediación y que, por tanto, no cabe asimilar tal situación a la perención de la instancia judicial porque aquella no extingue el derecho Fecha de firma: 16/03/2021

    Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: H.P., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA

    del requirente sino que sólo determina la necesidad de efectuar una nueva mediación (8.5.18, “M., J.E. y otro c/ Gargano Logística S.A. s/ ordinario”; íd., 19.4.18, “N., M.T. c/

    Assist Card Argentina S.A. De Servicios s/ordinario”; íd., 8.2.18,

    F. de Enciso S.R.L. c/ Olivera, I.G. y otro s/ordinario

    ; íd., 5.9.17, “Cooperativa de Trabajo Sistema Laboral Cooperativo Limitado c/Constructora Performar S.A. – Rowing S.A.

    U.T.E s/ordinario”; íd., 3.8.17, “Paredes, O.A. c/ Banco de la Ciudad de Buenos Aires s/ordinario; íd., 20.12.16, “Alba Compañía Argentina de Seguros S.A. c/ Morales, H.D. s/ordinario”; íd.,

    CNCom., S.F., 26.3.15, “Carmat S.A. c/ Nación Seguros S.A. s/

    sumarísimo”; íd., S.C., 25.6.15, “G., S.G. c/

    Transportes Atlántida S.A. - Línea 57 R.P.- y otro s/ ordinario”;

    íd., 27.10.15, “S., N.L.c., V.E.;

    íd., 3.6.16, “Vignati Distribuciones S.R.L. c/ Mondelez Argentina S.A.

    s/ordinario”; íd., 26.11.15, “Peugeot Citröen Argentina S.A.

    c/Wasielewski, P. s/ordinario” con cita de F., E.,

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