Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 22 de Noviembre de 2000, expediente Ac 79543

PresidenteHitters-Pettigiani-Salas-Pisano-Negri
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2000
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 79.543 “C., E.A.. Quiebra. Inc. de remoción de síndico. Recurso de queja”.

//Plata, 22 de noviembre de 2000.

AUTOS Y VISTO:

Que los recursos extraordinarios son admisibles únicamente respecto de las sentencias definitivas, es decir, aquéllas que recayendo sobre el asunto principal objeto del litigio o sobre un artículo, produzcan el efecto de finalizar la litis, haciendo imposible su continuación (Ac. 33.621, 22-V-84; Ac. 34.307, 12-II-85; Ac. 49.820, 5-V-92, Ac. 54.496, 28-IX-93, etc.).

Que en el caso, el pronunciamiento de la Cámara que dispone la remoción del síndico, no reviste carácter definitivo en los términos del art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial, toda...

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