Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 28 de Junio de 2022, expediente CCF 005089/2007/CA004

Fecha de Resolución28 de Junio de 2022
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa nº CCF 5089/07 “C., Á.M. y otro c/ Estado Nacional – Ministerio de Seguridad y Derechos Humanos (Servicio Penitenciario Federal) s/ daños y perjuicios”. Juzgado 1, Secretaría 1.

Buenos Aires, 28 de junio de 2022.

VISTO: los recursos de apelación interpuestos en subsidio por la demandada a fs. 636/637 y 781/782 -concedidos a fs.639 con efecto diferido y a fs. 783-, contra las resoluciones de fs. 631 y fs. 776/778; y CONSIDERANDO:

  1. Los recursos interpuestos se dan en el marco de la ejecución de los honorarios de la perito médica psiquiatra S.B.A..

    Ante todo, cabe recordar lo siguiente:

    - el 16 de mayo de 2017 esta Sala confirmó los honorarios regulados a la Dra. A. por la suma de $44.000, de los cuales el 90% -

    $39.600- se encuentra a cargo de la demandada por el modo en que se distribuyeron las costas del proceso. La resolución fue notificada a las partes el 22 de mayo de 2017.

    - el 4 de noviembre de 2020, a pedido de la interesada ante el fracaso del trámite de cobro, se intimó al Estado Nacional a depositar la suma debida, bajo apercibimiento de ejecución (fs. 624 y 625).

    - el 25 de noviembre de 2020 se dio inicio a la ejecución de los honorarios decretándose el embargo sobre las cuentas de la demandada,

    decisión que fue apelada concediéndose el recurso con efecto diferido (fs.

    631, 636/637 y 639).

    - el 15 de diciembre de 2020 se acreditó en autos el depósito de $39.600, suma que se dio en pago y que fue posteriormente transferida a la experta (fs. 643/644, 648).

    - la perito liquidó los intereses sobre sus honorarios hasta el 15/12/20, los que fueron aprobados por la Jueza, impugnación mediante, por la suma de $58.210,15 (fs. 689/394vta., 707/709vta. y 741/743).

    Fecha de firma: 28/06/2022

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    - el 29 de diciembre de 2021 se citó de venta a la demandada,

    quien opuso la excepción de pago respecto del monto regulado -$39.600-,

    acreditó el depósito de los intereses por $58.210,15 dándolos en pago y pidió

    el levantamiento del embargo trabado.

    - en la resolución del 24 de febrero de 2022, la Jueza de primera instancia resolvió: 1) rechazar la excepción de pago opuesta por el Estado Nacional y hacer efectivo el apercibimiento llevando adelante la ejecución hasta el íntegro pago de los honorarios a la perito médica psiquiatra...

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