Expediente nº 10148/107 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios, 8 de Abril de 2015

Fecha de Resolución 8 de Abril de 2015
EmisorSecretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios

E.. nº 10148/13 "La Cantora SRL s/ queja por recurso de apelación ord. denegado en: La Cantora SRL c/ GCBA s/ impugnación de actos administrativos" y su acumulado expte. nº 10439/13 "La Cantora SRL s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denega-do en: La Cantora SRL c/ GCBA s/ impugnación de actos administrativos"

Buenos Aires, 8 de abril de 2015

Visto: el expediente indicado en el epígrafe, resulta:

  1. La Cantora S.R.L. promovió demanda contra la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (en adelante AGIP), a los fines de que se dejase sin efecto la resolución n° 1629-DGR-2010, dictada por la Directora General Adjunta de la Dirección General de Rentas, AGIP, GCBA (cuya copia está agregada a fs. 252/255) que dispuso -entre otras cosas y en lo que aquí importa- intimar a la contribuyente a ingresar la suma de pesos cuatro millones doscientos catorce mil quinientos diecisiete ($ 4.214.517), con más los intereses correspondientes hasta la fecha del efectivo pago, en virtud de la determinación de oficio que le fuera practicada; y la suma de pesos tres millones trescientos setenta y un mil seiscientos catorce ($ 3.371.614), en concepto de multa por omisión de pago del tributo (fs. 226/239 vuelta).

  2. Frente a la intimación cursada en la instancia de grado (fs. 197) en oportunidad del inicio de la demanda, para que ingresase lo adeudado en concepto de tasa de justicia (determinado en la suma de $ 75.863,31 correspondiente al 1% del monto estimado del proceso), la actora dedujo recurso de reposición con apelación en subsidio (fs. 269/273 vuelta).

    El primero de los recursos fue rechazado; el segundo, en cambio, fue concedido por el juez de primera instancia (fs. 203). La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y T., a su turno, resolvió -remitiéndose, por razones de brevedad, a los fundamentos expuestos por la Sra. Fiscal- "[r]echazar el recurso interpuesto y confirmar el pronunciamiento apelado" (fs. 204/205 y fs. 207).

  3. Disconforme con lo decidido, la actora interpuso recurso ordinario de apelación (fs. 208/209 vuelta) y recurso de inconstitucionalidad (fs. 287/298).

    El primero de ellos fue denegado por la Cámara de Apelaciones (fs. 211 y vuelta), lo que motivó que La Cantora S.R.L. acudiera en queja ante el Tribunal (fs. 145/152). Solicitó en ella que, no obstante el principio general previsto en el artículo 33 de la ley n° 402, "… en forma excepcional (…) con carácter precautorio y para evitar un perjuicio en los derechos de quien lo solicita (…) se suspendan los términos del proceso hasta tanto se resuelva en forma definitiva lo planteado en la presente queja" (punto IV de la pieza recursiva de fs. 149 vuelta/151). Dicha requisitoria fue rechazada por el Tribunal mediante resolución de fs. 221/223.

    En cuanto al recurso de inconstitucionalidad, la Sala III lo declaró inadmisible (fs. 303 y vuelta) por no dirigirse contra una sentencia definitiva y no verificar la concurrencia de un caso constitucional. La denegatoria dio lugar a la queja planteada a fs...

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