Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV, 22 de Junio de 2023, expediente CNT 014182/2017/CA002

Fecha de Resolución22 de Junio de 2023
EmisorCÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA IV

SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 69.962 CAUSA Nº14182/17 SALA IV

“CANET JOSE LUIS C/ PROVINCIA ART S.A. S/ ACCIDENTE-LEY ESPECIAL“

JUZGADO Nº50

Buenos Aires, 22 de junio de 2023

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por el letrado apoderado de la parte actora por considerar reducidos los honorarios fijados por su desempeño en los presentes actuados en la etapa de ejecución y embargo preventivo Y CONSIDERANDO:

Que en primer lugar cabe manifestar que, en la regulación practicada a favor del representante de la parte actora se advierte una discordancia entre el valor UMA expresado, y la suma regulada en pesos. N., que al momento de la regulación (13/02/23) el valor UMA era de $14.154 y no de $10.400, de modo que la suma establecida a favor del profesional ascendería a la suma de $42.462.

Que sentado ello, cabe señalar que en el presente no hubo labor propia de ejecución, dado que la accionada acreditó el pago con anterioridad a que se declararan medidas compulsivas de cobro.

Que teniendo en cuenta, el mérito, extensión de las tareas realizadas y lo dispuesto por el art. 38 L.O. y demás normas arancelarias vigentes, los honorarios regulados al representante de la parte actora por la labor en el incidente de embargo preventivo y demás presentaciones no resultan exiguos, por lo que corresponde confirmarlos.

Por ello, el Tribunal

RESUELVE:

Confirmar los honorarios establecidos a la representación letrada de la parte actora.

C., regístrese, notifíquese y oportunamente devuélvanse.

S.E.P.V.H.C.G.J. de Cámara Juez de Cámara ANTE MI:

J.A.F.P.L.F. de firma: 22/06/2023

Alta en sistema: 23/06/2023

Firmado por: S.E.P.V., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.A.F., PROSECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: H.C.G., JUEZ DE CAMARA

Fecha de firma: 22/06/2023

Alta en sistema: 23/06/2023

Firmado por: S.E.P.V., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.A.F., PROSECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: H.C.G., JUEZ DE CAMARA

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