Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV, 22 de Junio de 2023, expediente CNT 014182/2017/CA002
Fecha de Resolución | 22 de Junio de 2023 |
Emisor | CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA IV
SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 69.962 CAUSA Nº14182/17 SALA IV
“CANET JOSE LUIS C/ PROVINCIA ART S.A. S/ ACCIDENTE-LEY ESPECIAL“
JUZGADO Nº50
Buenos Aires, 22 de junio de 2023
VISTO:
El recurso de apelación interpuesto por el letrado apoderado de la parte actora por considerar reducidos los honorarios fijados por su desempeño en los presentes actuados en la etapa de ejecución y embargo preventivo Y CONSIDERANDO:
Que en primer lugar cabe manifestar que, en la regulación practicada a favor del representante de la parte actora se advierte una discordancia entre el valor UMA expresado, y la suma regulada en pesos. N., que al momento de la regulación (13/02/23) el valor UMA era de $14.154 y no de $10.400, de modo que la suma establecida a favor del profesional ascendería a la suma de $42.462.
Que sentado ello, cabe señalar que en el presente no hubo labor propia de ejecución, dado que la accionada acreditó el pago con anterioridad a que se declararan medidas compulsivas de cobro.
Que teniendo en cuenta, el mérito, extensión de las tareas realizadas y lo dispuesto por el art. 38 L.O. y demás normas arancelarias vigentes, los honorarios regulados al representante de la parte actora por la labor en el incidente de embargo preventivo y demás presentaciones no resultan exiguos, por lo que corresponde confirmarlos.
Por ello, el Tribunal
RESUELVE:
Confirmar los honorarios establecidos a la representación letrada de la parte actora.
C., regístrese, notifíquese y oportunamente devuélvanse.
S.E.P.V.H.C.G.J. de Cámara Juez de Cámara ANTE MI:
J.A.F.P.L.F. de firma: 22/06/2023
Alta en sistema: 23/06/2023
Firmado por: S.E.P.V., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.A.F., PROSECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: H.C.G., JUEZ DE CAMARA
Fecha de firma: 22/06/2023
Alta en sistema: 23/06/2023
Firmado por: S.E.P.V., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.A.F., PROSECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: H.C.G., JUEZ DE CAMARA
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