Canela y Sol

Fecha de la disposición26 de Septiembre de 2007

Tercer Juzgado de Procesos Concursales y Registro, Autos N° 10.852, caratulados "CANELA Y SOL S.A. p/CONC. PREVENTIVO", a fs. 1304, con fecha 20 de septiembre de 2007 se ha resuelto: "Resuelvo: 1°) Declarar la conclusión del concurso preventivo de Canela y Sol S.A. CUIT N° 30-61825017-9 e inscripta bajo el legajo N° 1137 en la Dirección de Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia (Art. 59 LCQ). 2°) Declarar extinguido por compensación el crédito verificado en autos por el Dr. José Jesús Previtera, por el monto de $ 77,94 que surge del acuerdo homologado. 3°) Declarar cumplido el acuerdo preventivo celebrado entre el concursado y sus acreedores y que fuera homologado a fs. 892/894. 4°) Ordenar el cese respecto del deudor de las limitaciones previstas por los artículos 15 y 16 LCQ. 5°) Levántese la inhibición general de bienes que pesa sobre el concursado, que quedó anotado a fs. 142 Tomo 14 de Concursos y Quiebra. Ofíciese para la toma de razón por ante los registros...

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