Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 28 de Febrero de 2023, expediente CNT 019949/2021/CA001

Fecha de Resolución28 de Febrero de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

SALA VI

Expediente Nro.: CNT 19949/2021

(Juzg. N° 57)

AUTOS: “CANDIA, NICOLAS HECTOR C/ASOCIART ART S.A. S/ACCIDENTE

– LEY ESPECIAL”

Buenos Aires, 28 de febrero de 2023.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la parte actora mediante escrito presentado con fecha 04.10.2021, y la presentación efectuada con fecha 28.11.2021 mediante la cual desiste de la acción y del derecho.

Y CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la presentación efectuada por la parte actora con fecha 22.11.2021, y en tanto desistir de la acción implica desistir de la presentación recursiva que dio origen a la intervención de esta Sala, corresponde tener por desistido el recurso de apelación deducido por dicha parte mediante escrito de fecha 04.10.2021 contra la sentencia interlocutoria que declaró formalmente inadmisible la acción intentada. Asimismo, el resto de las cuestiones peticionadas por la parte actora exceden la jurisdicción revisora que detenta este Tribunal y deberán ser tratadas por el Juzgado de origen Que, por lo tanto, téngase por desistido el recurso interpuesto y en su mérito, remitir las presentes actuaciones al juzgado de origen a sus efectos.

Fecha de firma: 28/02/2023

Firmado por: G.L.C., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA

Que, por ello, el Tribunal

RESUELVE:

I) Tener por desistido el recurso de apelación interpuesto por la demandada mediante escrito de fecha 04.10.2021 contra la sentencia definitiva y, en su mérito, remitir las presentes actuaciones al juzgado de origen a sus efectos.

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

Regístrese, notifíquese y vuelvan.

G.L.C.

JUEZA DE CAMARA CARLOS POSE

JUEZ DE CAMARA

ANTE MI:

Fecha de firma: 28/02/2023

Firmado por: G.L.C., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA

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