Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 23 de Agosto de 2000, expediente Ac 79014

PresidenteLaborde-Hitters-Pettigiani-Salas-Negri
Fecha de Resolución23 de Agosto de 2000
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac.á79.014á"C., A. contra B., J. y otros. Despido. R.. de queja".

//Plata, 23 de agosto de 2000.

AUTOS Y VISTO:

Que esta Suprema Corte tiene decidido en forma reiterada que el recurso extraordinario de nulidad no es la vía idónea para alegar supuestas nulidades en que pudieran haber incurrido los tribunales de grado en la sustanciación de los procedimientos, toda vez que se trata de un medio que se da contra las violaciones propias de las sentencias definitivas exclusivamente (art. 161 inc. 3º, ap. b) de la Constitución de la Provincia; "Acuerdos y Sentencias", 1961-II-280; 1966-II-683; 1977-I-806; Ac. 23.631, 13-VI-1978).

Que en el caso, el recurso extraordinario de nulidad resulta improcedente pues su fundamentación no se vincula con ninguna de las formalidades establecidas en los arts. 168 y 171 de la Carta local, sino...

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