Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA X, 3 de Mayo de 2016, expediente CNT 021196/2012/CA002

Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2016
EmisorSALA X

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación SENT.INT. Nº: EXPTE. Nº: 21.196/2012/CA2 (35.601)

JUZGADO Nº: 14 SALA X AUTOS: “CAMPOS S.Z. C/ MADES SERVICIOS EMPRESARIOS S.A. Y OTROS S/ ACCIDENTE – ACCION CIVIL”

Buenos Aires, 03 de Mayo de 2016 VISTA:

La aclaratoria deducida a fs. 427.

Y CONSIDERANDO:

Que asiste razón al presentante toda vez que consignó por error en la resolución de fs. 426 una sola suma de $ 38.000 cuando en realidad se debió

consignar $ 38.000 para cada una de las demandadas lo que así se corrige por medio de la presente.

Por todo ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Aclarar la resolución de fs. 426 en el sentido indicado precedentemente; 2) Cópiese, regístrese, notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en...

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