CAMPOS, RODRIGO EMANUEL c/ ARIZA, MARIANO SEBASTIAN Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Fecha24 Octubre 2016
Número de expedienteCIV 058097/2015/CA002
Número de registro165004443

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C 58097/2015. CAMPOS, R.E. c/ ARIZA, MARIANO SEBASTIAN Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

J.. 63 A.B.

Buenos Aires, de octubre de 2016.- MCK Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I) Mediante la resolución de fs.208/210, el Sr.

Juez A quo teniendo en cuenta que tanto el hecho generador de las presentes como los domicilios de la actora, y los accionados corresponden todos a extraña jurisdicción, hizo lugar a la excepción de incompetencia articulada por la aseguradora a fs.

146 vta. mediane adhesión formulada a la que resulta de fs.94/107.

Contra dicho decisorio se alza la actora y funda su recurso a fs.216/220, memorial cuyo traslado fue contestado a fs. 225/228.

A fs. 232 obra el dictamen del F. de Cámara quien se remitió a lo que ya expusiera a fs. 204/207 donde propició que se hiciera lugar a la excepción sub-examen.

II) Es útil destacar, que la competencia, como medida de la jurisdicción o bien como distribución del poder jurisdiccional realizada por las leyes de organización judicial, atiende a diversos criterios, tales, el caso de la materia, el grado, el valor o el territorio y, en tal sentido, resulta ser un requisito de la sentencia de fondo, la cual no podría ser válidamente dictada por un juez que careciera de la misma (conf. De Santo, “El proceso Civil”, T:I, Ed. Universidad, pag.355).

En virtud del juego armónico de los arts. 5, inc.4 del Código Procesal y 118, párrafo segundo, de la ley 17.418 (ADLA, XXVII-B, p. 1677), cuando en una acción de daños y perjuicios el damnificado extiende su pretensión contra el asegurador del Fecha de firma: 24/10/2016 Firmado por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR