Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL, 6 de Noviembre de 2020, expediente FMP 007041/2017/CA001

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA

CAMPOS MERCADO, JORGE c/ ANSeS s/JUBILACION POR

INVALIDEZ; 7041/2017

AO ///del plata,

AUTOS Y VISTO:

Llegan los autos a esta Alzada con motivo de los recursos de apelación deducidos por ambas partes en oposición a la sentencia dictada por el juez de grado.-

Que del examen de autos surge que el Sr. CAMPOS MERCADO

JORGE, inicia demanda de conocimiento previsto en el art. 15 de ley 24.463 contra la ANSeS dado que deniega el beneficio de pensión. -

Ingresando concretamente en el análisis de los agravios planteados por la demandada en su memorial, se advierte que los mismos están dirigidos a cuestionar la declaración de inconstitucionalidad del Dto. 460/99 y la concesión del beneficio de pensión sosteniendo que se ha violado el principio de congruencia. -

A partir de lo expuesto y siendo que todo ello resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata,

en los fallos: “FURLONG, L.G. c/ ANSeS s/PENSIONES”,

'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 041048197/2009/CA001

Fecha: 29/06/2018 y “ROMANO, M.A. Y OTRO c/ ANSeS

s/IMPUGNACIÓN de ACTO ADMINISTRATIVO”; 'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 022104016/2013 Fecha: 14/08/2017, que remiten a los antecedentes: “T.” (Fallos: 329:576), G. 2.033. XXXIX “G.C., M.A. c/ Máxima A.F.J.P s/ prestaciones varias” y p. 1861. XL “Pinto, A.A. c/ ANSeS s/ pensiones”, sentencias del 16 de febrero y 6 de abril de 2010,

por lo que corresponde remitir a los fundamentos allí vertidos, que pasan a formar parte del presente resolutorio. -

Por último, en relación a las costas de Alzada, cabe recordar lo señalado en la sentencia dictada en: “MARTINASSO, M.A. c/

ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles'

Fecha de firma: 06/11/2020

Firmado por: S.C., SECRETARIA DE CÁMARA

Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.P.J., JUEZ DE CÁMARA

Clave: FMP 022103893/2013/CA001 Fecha: 12/03/2018. En consecuencia,

corresponde imponer las costas en el orden causado (...

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