Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 5 de Junio de 2017, expediente FMZ 024031671/2006/CA001

Fecha de Resolución 5 de Junio de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B 24031671/2006 CAMBIO SANTIAGO S.A. C/ AFIP - DGI Mendoza, 05 de Junio de 2017.-

Y VISTOS:

Los presentes autos Nº FMZ 24031671/2006/CA1 caratulados:

CAMBIO SANTIAGO S.A. c/ AFIP- DGI s/ PROCESO DE CONOCIMIENTO-

CONTENCIOSOS ADMINISTRATIVOS

venidos del Juzgado Federal Nº 2 de Mendoza, a esta Sala “B”, para resolver el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la actora contra la resolución obrante a fs. 198/200; Y CONSIDERANDO:

I- Que, contra la resolución obrante a fs. 198/200, el apoderado de la actora deduce recurso de apelación a fs. 203 y vta. el que es concedido según constancia de fs. 206. En oportunidad de expresar agravios (fs. 212/214) señala que la enumeración que efectúa el artículo 135 del CPCCN es taxativa por lo que, sostiene que el término “NOTIFÍQUESE” no siempre implica la notificación por cédula.

Cita jurisprudencia en apoyo de su postura y afirma que las notificaciones del incidente de caducidad interpuesto son nulas de nulidad absoluta y, como consecuencia de ello el incidente planteado no ha tenido impulso procesal alguno desde el decreto de fecha 26 de agosto de 2.014 que ordena la notificación del mismo.

Solicita en definitiva que se haga lugar al recurso interpuesto revocándose la resolución de primer instancia.

II- Que, corrido el traslado de ley (fs. 215), la recurrida contesta a fs.

216/217 donde por los motivos que expone, los que se tienen por reproducidos brevitatis causae, pide que se rechace el recurso interpuesto.

III- Que a fs. 180 la demandada (AFIP- DGI) interpone incidente de caducidad de instancia disponiendo el Juzgado se corra traslado a la contraria a fs. 181.

Fecha de firma: 05/06/2017 Alta en sistema: 21/06/2017 Firmado por: R.N. -R.A.F., Jueces Subrogantes de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza #8425345#180356615#20170601132601538 A fs. 182 y 187 obran las cédulas que notifican la providencia de fs.

181.

A fs. 183/184 la actora (C.S. plantea la nulidad de las notificaciones efectuadas por no haber sido cursadas en el último domicilio denunciado por su parte y la caducidad incidente de caducidad, planteo que es rechazado por la Jueza a- quo que hace lugar además al incidente de caducidad articulado por la demandada a fs. 180 y vta.. Resolución contra la que se alza la actora.

IV- Que evaluadas las constancias de la causa se estima acertado no hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la...

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