Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 3 de Noviembre de 2022, expediente CIV 028340/2019/CA001

Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 2022
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa 28340/2019 C.J.L. c/ V.P.L. s/ daños y perjuicios Buenos Aires, 3 de noviembre de 2022

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- La señora Jueza de primera instancia rechazó la excepción de defecto legal y en lo que atañe a las de falta de acción y falta de legitimación planteada por el accionado consideró que se refieren a la responsabilidad, lo que será materia del pronunciamiento definitivo (ver resolución de fs.104).

Contra esta decisión apeló en subsidio el señor V. mediante el escrito presentado el 17 de abril del corriente año. El traslado fue contestado por la contraria. El recurrente se alzó contra lo decidido respecto de la excepción de defecto legal y respecto de lo decidido en cuanto a falta de acción como la de falta de legitimación se queja de la imposición de las costas.

II- Ninguna de las quejas antedichas puede prosperar en virtud de que el escrito en cuestión no contiene una crítica concreta y razonada de los argumentos esgrimidos por la sentenciante, lo que conduce –sin más- a declarar su deserción (arts. 265 y 266 del código ritual). En efecto, la apelante no hace sino manifestar meramente su discrepancia con lo decidido, sin aportar fundamento alguno que persuada de que el razonamiento del a quo ha sido errado.

El señor magistrado de la anterior instancia en cuanto a la defensa de defecto legal, señaló que en la demanda habían sido relatados los hechos de los cuales se habrían derivado los daños invocados, así como también los rubros que componen la reparación reclamada y su cuantificación, así como también, se han indicado las normas que serían de aplicación a la especie. Consecuentemente, concluyó que no se advertía cual es la desventaja procesal en la que pareciera haberse visto inmerso el incidentista, ni tampoco que...

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