Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 14 de Septiembre de 2021, expediente CCF 010285/2019/RH001

Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2021
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I

Causa 10.285/19/RH1 –I– “CÁMARA INDUSTRIAL DE LA-

BORATORIOS FRAMACEUTI-

COS ARGENTINOS s/ RECURSO

QUEJA CNDC”

Buenos Aires, de septiembre de 2021.

Y VISTO:

El recurso de queja interpuesto por C. Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos a fs. 478/525,

contra la resolución de la Secretaría de Comercio Interior n° SCI

612/2019 del 26.9.2019, obrante a fs. 468/469 de autos, dictada en el marco del expte. administrativo EX2018-60202985 –

S01:0024777/2015; y CONSIDERANDO:

  1. - En primer término debe recordarse que C. efectuó planteos de incompetencia y nulidad en el marco del procedimiento administrativo n° S01:0024777/2015.

    Asimismo, se desprende de autos que la posterior resolución de la Secretaría de Comercio Interior n° 339/2016 del 15.11.16 (cfr. fs. 86/87) desestimó por improcedentes esas excepciones de incompetencia y las nulidades interpuestas.

    Contra esta última la parte dedujo recurso directo de apelación en los términos del art. 52 de la ley 25.156 (cfr. fs.

    89/101), que fue desestimado por medio de la resolución de la Secretaría de Comercio Interior n° 612/2019 del 26.9.2019 (cfr. fs.

    468/469). La citada Secretaría fundó la denegatoria del recurso directo de apelación en que la decisión impugnada no está comprendida en los supuestos contemplados en el art. 52 de la ley 25.156, únicos casos que pueden ser recurridos de manera directa ante ésta Cámara.

    Fecha de firma: 14/09/2021

    Alta en sistema: 15/09/2021

    Firmado por: FLORENCIA NALLAR, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.P.V., JUEZ DE CAMARA

    En tales condiciones, C. dedujo ante este Tribunal una queja por recurso directo denegado (cfr. fs. 476/525).

    Fundo su queja afirmando que la denegatoria carece de la debida motivación, que se encuentra en juego su derecho de defensa y que resulta erróneo el criterio empleado para denegar el recurso, según el cual la resolución en inapelable por no encontrarse en los supuestos enumerados en el art. 52 de la ley 25.156; además de plantear la incompetencia de la CNDC.

  2. - Así planteada la cuestión a resolver, cabe recordar que el recurso de queja es el remedio procesal tendiente a obtener que el Tribunal competente para conocer en instancia de revisión, tras controlar la decisión tomada por la autoridad de grado,

    en este caso la Secretaría de Comercio Interior (preliminarmente en orden a si el recurso fue bien o mal denegado), revoque...

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