Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 5 de Septiembre de 2023, expediente CIV 072442/2022/CA001

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2023
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

72442/2022

CALVAR HECTOR S/SUCESION AB-INTESTATO c/ DARWIN 1096 SA s EJECUCION HIPOTECARIA

Buenos Aires, 5 de septiembre de 2023.

VISTOS

Y CONSIDERANDO

  1. ) La ejecutada Darwin 1096 SA apeló la resolución del 23 de junio del 2023, que rechazó las defensas opuestas y mandó llevar adelante la presente ejecución hipotecaria hasta que haga íntegro pago a los herederos de H.C. del capital reclamado (U$S 54.500) con más los intereses fijados a partir del 27 de diciembre del 2021 por todo concepto compensatorios y punitorios a la tasa del 8% anual y las costas del proceso.

    Se agravió de lo decidido por haber omitido valorar la falta de cumplimiento de la intimación de pago exigida por la ley 24.441 y de los requisitos establecidos por la parte final del art. 53 de la mencionada ley.

    Además, reiteró en esta instancia que en virtud de lo dispuesto por el Decr.

    214/02 las obligaciones de dar sumas de dinero en dólares estadounidenses quedaron transformadas a pesos.

    La ejecutante contestó el traslado de los fundamentos del recurso y solicitó que se rechacen los agravios.

  2. ) El mutuo con garantía hipotecaria suscripto por C.N.E.F. en representación de Darwin 1096 SA y M.V.C. como apoderada de H.C. data del 26 de abril del 2021.

    En la cláusula sexta se consignó que la mora se producirá por el mero vencimiento de los plazos estipulados, sin necesidad de interpelación previa judicial o extrajudicial alguna.

    Además, de las constancias del expediente se comprueba –como afirmó el juez de la instancia anterior– que no se dispuso el trámite de la ejecución extrajudicial previsto en la ley 24.441, sino que se ordenó el trámite ejecutivo regulado en los arts. 531, 542, 597 del Código Procesal, en cuyos términos se cumplió con el mandamiento de intimación de pago.

    Por consiguiente, los agravios formulados en este aspecto de la resolución apelada serán desestimados.

    Fecha de firma: 05/09/2023

    Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.G.Z., JUEZ DE CAMARA

  3. ) En el mutuo hipotecario ejecutado se dejó constancia que las partes convinieron como condición esencial del préstamo que sería devuelto en dólares billetes estadounidenses. Asimismo, hicieron constar alternativas para el caso de que resultase de cumplimiento imposible a la parte deudora dar cumplimiento a la obligación en la moneda pactada (cláusula tercera).

    Asimismo, las partes dejaron asentado que habían tenido...

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