Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 28 de Diciembre de 2017, expediente CAF 051017/2016/CA001
Fecha de Resolución | 28 de Diciembre de 2017 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV CAUSA Nº 51017/2016/CA1: CALONICO, Y.V. Y OTROS c/
EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG En Buenos Aires, a 28 de diciembre de 2017, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, a efectos de conocer los recursos interpuestos en los autos caratulados: “CALONICO, Y.V. Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG”, contra la sentencia de fs. 63/64vta., el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:
¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?
El señor juez de Cámara J.E.M. dijo:
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) Que el señor juez de primera instancia hizo lugar a la demanda contra el Estado Nacional y reconoció el derecho de los actores a que se incorporen a su haber mensual, como remunerativos y bonificables, los suplementos establecidos por el decreto 2744/93, y sus modificatorios, y a que se le abonen las retroactividades devengadas por lo percibido en menos a partir de los cinco años anteriores a la fecha de interposición del reclamo administrativo previo y hasta la fecha de su efectivo pago. Impuso las costas al demandado vencido.
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) Que, contra ese pronunciamiento, tanto el Estado Nacional como la parte actora interpusieron recursos de apelación (v. fs. 65 y fs.
67), que fueron concedidos libremente a fs. 66 y a fs.68, respectivamente.
Puestos los autos en la Oficina, el Estado Nacional expresó
sus agravios a fs. 71/74 y los actores presentaron su memorial a fs. 78/vta., que no fueron replicados por sus contrarias.
Los accionantes se quejan de la falta de tratamiento de la incorporación al haber mensual de los rubros creados por el decreto 1322/06, con carácter remunerativo y bonificable.
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) Que, a fs. 75, se intimó al Estado Nacional a que en el plazo de dos días incoporara una copia digital que se correspondiera con el escrito de expresión de agravios de fs. 71/74.
Fecha de firma: 28/12/2017 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA #28788495#195758211#20171227153614199 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV CAUSA Nº 51017/2016/CA1: CALONICO, Y.V. Y OTROS c/
EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Encontrándose vencido el plazo allí establecido sin que se hubiere cumplido con el requerimiento...
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