Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala B, 19 de Mayo de 2021, expediente CIV 004889/2021/CA001

Fecha de Resolución19 de Mayo de 2021
EmisorCamara Civil - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B

4889/2021

CALANDRIA, A.E. c/ DAVID, A.G.

Y OTRO s/EJECUCION DE ALQUILERES

Buenos Aires, de mayo de 2021.-

Autos y vistos:

Contra la resolución de fecha 30 de abril de 2021 interpone recurso de apelación, en subsidio de la revocatoria que le fuera desestimada, la ejecutante Sra. C..

Solicita la modificación de la contracautela real por una juratoria por haber promovido un beneficio de litigar sin gastos, y la insuficiencia de patrimonio para afrontarla; expone que el derecho es suficientemente verosímil para que se haga efectivo el pedido de embargo contra el garante Sr. D.M..

La solicitud del beneficio de litigar sin gastos no opera como exención automática de la contracautela, sino que deben ponderarse las condiciones económicas del peticionante conjuntamente con el grado de verosimilitud de su planteo cautelar (Cfr. A., Roland,

R., J., Código Procesal Civil y Comercial, Comentado, anotado y concordado con los códigos provinciales, R.C., 2014,

T° I, p. 992). La falta de recursos económicos, fue suficientemente referida por el apelante, especialmente en lo tocante a la imposibilidad de obtener recursos para satisfacer dicha contracautela real. De modo que el agravio será atendido, teniendo por ofrecida la caución juratoria.

En lo referido al embargo de quien se sindica como fiador, Sr.

D.M., de la documental adjunta, que habría sido remitida por el nombrado, surge el vínculo de que se trata que, aún con las objeciones puestas de manifiesto en la carta documento, que serán evaluadas en el momento procesal oportuno, a los fines de la verosimilitud del Fecha de firma: 19/05/2021

Firmado por...

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