Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 29 de Agosto de 2017, expediente Rl 120966

PresidentePettigiani-de Lázzari-Soria-Genoud
Fecha de Resolución29 de Agosto de 2017
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

CALAHORRA EVANGELINA C/ RESIDENCIA PARQUE SAN EMILIANO SA S/ DESPIDO.- RECURSO DE QUEJA.

La Plata, 29 de agosto de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

  1. Conforme surge de las constancias acompañadas, el Tribunal de Trabajo N° 1 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, en lo que interesa destacar, tras rechazar la excepción de incompetencia interpuesta por la parte demandada, hizo lugar parcialmente a la acción deducida por E.C. y, en consecuencia, condenó a Residencia Parque San Emiliano SA a abonarle la suma de $333.956,43 en concepto de indemnización por antigüedad y otros rubros laborales (v. fs. 2/18).

  2. Frente a lo así resuelto, la legitimada pasiva dedujo recursos extraordinarios de nulidad y de inaplicabilidad de ley, oportunidad en la que plantea la inconstitucionalidad del depósito previo previsto en el art. 56 de la ley 11.653 y la eximición de dicha carga por imposibilidad económica (v. fs. 22/29 vta.).

    A su turno, el juzgador de grado, tras sustanciar aquella incidencia, desestimó la invalidez constitucional solicitada, como también el pedido de eximición de cumplir con aquel recaudo económico. Además, en el mismo acto, denegó la concesión de los recursos extraordinarios intentados. (v. fs. 30/32).

    Este último decisorio motivó la articulación de la presente queja (art. 292, CPCC; v. fs. 35/38 vta.).

  3. A. respecto, y sin perjuicio de otras consideraciones, debe señalarse que para cumplir con la exigencia del citado art. 292 y su doctrina legal deben atacarse los fundamentos que diera el tribunal de grado al desestimar la vía de impugnación intentada, a fin de que el mismo tenga la suficiencia necesaria para...

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