Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 11 de Marzo de 2019, expediente CIV 016476/2018

Fecha de Resolución11 de Marzo de 2019
EmisorCamara Civil - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A 16476/2018 CABRUJA, R.M. c/ ODDONE, S.L. s/PREPARACION DE LA VIA EJECUTIVA Buenos Aires, de marzo de 2019.- PM AUTOS Y VISTOS:

A fin de valorar los trabajos realizados en autos por los beneficiarios de las regulaciones apeladas, la ley 27.423 instituyó la Unidad de Medida Arancelaria (UMA)

para cuantificar los honorarios profesionales de los abogados, procuradores y auxiliares de la Justicia.-

Así las cosas, lo que surge de la acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación N°3/19, monto comprometido en la ejecución, de conformidad con lo establecido por los artículos 1, 3,16,19,20,29 inc.f y 34 de la ley arancelaria corresponde modificar la regulación de fs. 77 y se fijan los honorarios de la dirección letrada de la parte ejecutante, D.. M.C.S. y J.M.B.R., en conjunto, en 58,95 UMA –PESOS CIENTO ONCE MIL ($ 111.000).

Asimismo se confirman los fijados a favor de la letrada patrocinante de la parte ejecutada, Dra. L. M. S.-

Comuníquese a la Dirección de Comunicación Pública de la...

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