Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 23 de Diciembre de 2002, expediente P 69846

PresidenteSoria-Roncoroni-Negri-de Lázzari-Salas
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2002
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Dictamen de la Procuración General:

El Sr. Defensor critica al J. por no haber ponderado dos circunstancias atenuantes, el favorable testimonio de concepto y la confesión de su asistido.

Pero la defensa no atiende que sobre el primero, el Tribunal asume -sobre la base de elementos de prueba no impugnados- un criterio contrario (ver fs. 108). Media insuficiencia.

Y sobre la restante pauta minorante de la pena, cambia ahora su principal argumento respecto del sometido a conocimiento del “a quo”. En oportunidad de plasmar su expresión de agravios -fs. 91/93- sostuvo que la confesión debía constituirse como tal, pues mediante ésta evitó dispendio jurisdiccional. Pero en esta instancia, su agravio trasunta el arrepentimiento que, en su entender, denota la confesión de su representado. El agravio es, pues, novedoso.

Por lo dicho, opino que VE debe rechazar esta queja.

La P., setiembre 10 de 1999 -Eduardo Matias De La Cruz

A C U E R D O

En la ciudad de La P., a 23 de diciembre de dos mil dos, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresS., R., N., de L., S.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 69.846, “C., M.A.. H. calificado”.

A N T E C E D E N T E S

La Sala I de la Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional del Departamento Judicial de M. condenó a M.A.C. a la pena única de cuatro años de prisión, accesorias legales, costas -y revocación de la condicionalidad que amparaba a la condena anterior-, por ser autor responsable del delito de hurto calificado por escalamiento en grado de tentativa; pena comprensiva además de la de dos años de prisión en suspenso que se le impusiera en causa 24.427 por la comisión de los delitos de hurto con escalamiento en grado de tentativa en concurso real con tres hechos independientes de violación de domicilio.

El señor Defensor Oficial del procesado interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

Oído el señor P. General, dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor Juez doctor S. dijo:

El señor Defensor Oficial denuncia la violación de los arts. 40, 41 y 58 del...

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