Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 30 de Diciembre de 2020, expediente CCF 011428/2019/CA001

Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2020
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa nº 11.428/2019 “C.M.G. c/OSOCNA y otro s/amparo de salud”.

Juzgado 1. Secretaría 2.

Buenos Aires, 30 de diciembre de 2020.

VISTO: el pedido de caducidad de segunda instancia efectuado por la parte actora, respecto del recurso de apelación interpuesto por OSDE y cuyo traslado fue contestado por la accionada; y CONSIDERANDO:

  1. El señor Juez de la anterior instancia concedió a fs. 61 el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada a fs. 31/40 contra la resolución de fs. 23/24. Luego la parte actora planteó la caducidad del recurso de apelación señalado (cfr. fs. 70), la Sra. Jueza de primera instancia decidió elevar las presentes actuaciones a fin de que se tratara la caducidad de segunda instancia.

  2. En primer término, cabe anotar que esta S. ha señalado que el artículo 313, inciso 3º, del Código de forma exceptúa de la caducidad a los supuestos en los que la inactividad procesal obedece a la demora en enviar el expediente a la Cámara a raíz de la interposición de un recurso. Ahora bien,

    para que tal demora sea impeditiva de la caducidad, ella debe darse en aquellos supuestos en los que las actuaciones se encuentran en condiciones de ser remitidas a la Alzada; por el contrario, si la causa no reuniera esa cualidad por la falta de recaudos que habilitan su elevación a la segunda instancia, el impulso dependerá del apelante (conf. esta S., causa 5941/00 fallada el 21

    de febrero de 2011 y sus citas de jurisprudencia).

    Desde esta inteligencia, de las constancias de autos se advierte que con posterioridad a la providencia de fs. 61 que corrió traslado del recurso de apelación de OSDE y que fue contestado por la actora a fs. 62/66

    correspondía al juzgado impulsar la elevación del expediente a la Cámara (conf. esta S., causa 9168/03 del 11.11.08 y sus citas).

    Fecha de firma: 30/12/2020

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

    Por lo expuesto, corresponde desestimar la caducidad de segunda instancia, las costas se imponen a la actora vencida (art. 68 del Código Procesal).

  3. Resuelto el incidente de caducidad de segunda instancia planteado corresponde avocarse al tratamiento del recurso de apelación interpuesto y fundado por OSDE a fs. 31/40 contra la resolución de fs. 23/24.

    Mediante el pronunciamiento apelado la Sra. Jueza de primera instancia admitió la medida...

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