Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA I, 11 de Agosto de 2015, expediente CNT 005474/2011/CA001
Fecha de Resolución | 11 de Agosto de 2015 |
Emisor | SALA I |
Poder Judicial de la Nación SENTENCIA DEFINITIVA NRO. 90787 CAUSA NRO. 5474/2011 AUTOS: “C.L.F. y Otros c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES s/ Diferencias de Salarios”
JUZGADO NRO. SALA I En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 11 días del mes de AGOSTO de 2.015, reunida la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y de acuerdo al correspondiente sorteo, se procede a votar en el siguiente orden:
LA DOCTORA G.A.G. DIJO:
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El señor Juez de primera instancia hizo lugar a la demanda orientada al cobro de diferencias salariales generadas a favor de los trabajadores luego de la sanción del Decreto 2284/91 que disponía la absorción de los trabajadores de la ex Casfec.
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Contra tal decisión se alza en apelación la parte demandada a tenor de las manifestaciones vertidas en la memoria de fs. 269/288. Por su parte, el perito contador y la representación letrada de los actores objetan a fs.
265 y fs. 266 las regulaciones de sus honorarios por estimarlas reducidas.
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El sentenciante de grado sostuvo en relación al tema debatido en autos que, si bien no se discute que, de conformidad al art. 100 del decreto 2284/91 la demandada debía asegurar y mantener las mismas condiciones laborales de los ex trabajadores del CASFEC que le fueron transferidos, la nueva convención colectiva de trabajo, es decir el CCT 305/98 "E", que se aplicó a todos los dependientes de ANSES, entre los cuales se encontraba la totalidad de los trabajadores incluidos quienes provenían originariamente de CASFEC, produjo un perjuicio en el derecho salarial de los demandantes, ya que la supresión de un rubro generó a la larga una disminución salarial. Para arribar a esta conclusión se basó en el informe contable de fs.218/225 en el cual el experto expresó que con la aplicación de la resolución 21396, los actores percibían, además de sus 12 remuneraciones y un SAC, dos adicionales remuneratorios (con sus correspondientes SAC), totalizando así 15 remuneraciones, y que con la eliminación de los adicionales remuneratorios, vieron disminuidas las percepciones anuales de sus salarios. Todo ello motivó
la queja de la accionada.
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No obstante los fundamentos de la sentencia apelada, y la crítica que respecto de ésta efectúa la parte demandada, considero que lo cierto y concreto, es que en la presente causa se presenta una situación adjetiva de relevancia que, con abstracción del análisis jurídico que eventualmente pudiese corresponder en otro contexto, impone la confirmación de lo resuelto en la anterior instancia.
Fecha de firma: 11/08/2015 Firmado por...
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