Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 8 de Octubre de 2008, expediente 84.750-C-6.627

Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2008
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

1

Poder Judicial de la Nación 84.750-C-6.627

En la ciudad de Mendoza, a los ocho días del mes de octubre del año dos mil ocho, reunidos en acuerdo los señores miembros de la Sala "B", de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, D., L.F.M., A.A.E. y C.M.P.G.,

procedieron a resolver en definitiva estos autos Nº 84.750-C-6.627, (N° de origen 4.401/2), caratulados: "CABEZA, E.A. y Ots. c/ I.N.

V. p/

Contencioso Administrativo", venidos del Juzgado Federal N° 2 de Mendoza,

en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 479, contra la resolución de fs. 475/476, por la que se resuelve: "1°) Hacer lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta por el Estado Nacional, con costas en el orden causado (arts. 68, 69 y ccs. del CPCCN). 2°) Hacer lugar a la demanda incoada por los Sres. Cabeza, E.A.; T., E.; B.,

S.A.; C. de S., M.A.; A., Modesta USO OFICIAL

Margarita; Á., M.E.; Z. de P., G.O.; De La Iglesia, C.D.; E., M.C.; F., L.L.;

L. de Gamarra, B.R.; R., D.M.; H., Elba;

F., Á.; B.F., C.A.; P., A.A.;

A., J.L.; S. de Z., N.V.; P. de Monteavaro, E.A.; V., C.A.; C., A.G.;

V., G.H.; M., H.A.; P. y L., C.M.; F., M.B.; S. de M., A.M.;

Sierra, J.C.; F., J.D.; M., M.D.;

B. de G., O.E.; Z., C.F., en contra del Instituto Nacional de Vitivinicultura, condenando al mismo a pagar a los actores,

dentro de los diez (10) días de notificada y firme que sea la liquidación practicada por las partes (art. 503 del CPCCN), la suma resultante de la misma, calculada según lo detallado en el considerando respectivo. 3°) ... 4°)

Imponer las costas por la causa principal a la demandada vencida, arts. 68, 77

y ccs. del CPCCN. 5°) ... 6°) Diferir la regulación de los honorarios de los profesionales intervinientes a la etapa de la liquidación, la que se practicará en la forma establecida en el considerando respectivo de los autos n° 9574/4,

caratulados: "Z. de Avellaneda, N. y Otros c/ Instituto Nacional de Vitivinicultura p/ Demanda Contenciosa Administrativa". ...".

El Tribunal se planteó la siguiente cuestión a resolver:

¿Es ajustada a derecho la sentencia recurrida?

De conformidad con lo establecido por los arts. 268 y 271

del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y arts. 4º y 15º del Reglamento de esta Cámara, previa y oportunamente se procedió a establecer por sorteo el siguiente orden de estudio y votación, doctores: C.M.P.G., L.F.M. y A.A.E..

Sobre la cuestión propuesta, el señor Juez de Cámara,

doctor C.M.P.G., dijo:

I.- La sentencia de fs. 475/476., cuya parte dispositiva ha quedado transcripta al inicio de este acuerdo, ha sido apelada a fs. 479 por el doctor G.B., en representación de la...

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