Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 9 de Febrero de 2017, expediente FSA 031000060/2011/CA002

Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIAPREVISIONAL 2

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta Ref. E.. Nº FSA 310000602011 “CABANA HERNAN FRANCISCO C/

ANSES S/ APELA RESOLUCION”

originario del Juzgado Federal Nº 1 de Jujuy.

Salta, 9 febrero de 2017.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

1) Que a fs.138 la representante legal de la Anses interpuso recurso de reposición in extremis en contra de la sentencia dictada por esta Cámara el 27 de diciembre de 2016 (fs.137), señalando que su parte subió la copia digital para traslado de la expresión de agravios en fecha 19 de diciembre de 2016.

2) Que por medio de la revocatoria in extremis los tribunales ejercen la potestad de revocar por contrario imperio aquellas decisiones en las que por un error material o de hecho se está cometiendo una serie injusticia y se plasma en el proceso judicial a través de las potestades del tribunal o por vía de aclaratoria o nulidad. Es que si bien en principio las resoluciones de la Corte Suprema y de los tribunales de segunda instancia no son susceptibles de los recursos de reconsideración, revocatoria o nulidad, cabe hacer excepción a dicho principio cuando se trata de situaciones serias e inequívocas que demuestren con nitidez manifiesta el error que se pretende subsanar (Fallos:

330:3581, 334:1504, entre otros), situación que no aconteció en el caso, donde se advierte que la demandada ANSeS solo incorporó la copia del Fecha de firma: 09/02/2017 Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA 1 Firmado por: M.S., SECRETARIA #4204138#171345581#20170210112325194 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta memorial de agravios al Sistema de Gestión Judicial Lex 100 sin haber...

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