Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 13 de Julio de 2018, expediente CIV 023535/2018/CA001

Fecha de Resolución13 de Julio de 2018
EmisorCamara Civil - Sala J

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J Expte n° 23535/2018 – “C Q, C F c/C. d P. B 2125 y otros s/Prueba Anticipada” – Juzgado Nacional en lo Civil N°73 Buenos Aires, Julio 13 de 2018 Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

Las presentes actuaciones se remiten a este Tribunal a los efectos de conocer acerca del recurso interpuesto en subsidio a fs. 29 por el actor contra la resolución de fs. 28/28 vta., concedido 31. Se tiene por fundado en el mismo escrito de interposición de fs. 29/30, que no fue sustanciado en ausencia de contraparte.-

El decisorio de fs. 28/28 vta. deniega el pedido de prueba anticipada peticionado a fs. 21/27.-

En la especie, el actor expresa a fs. 21/27 que es propietario del inmueble sito en el primer piso, departamento 3 del edificio sito en la calle Baunes 2125, de esta Ciudad. Refiere que en enero del año 2017 puso en venta su departamento con una inmobiliaria de V.U., llamada Inmobiliaria Valjor. Aduce que entre marzo y abril del año 2017 comenzaron a aparecer fracturas graves en la medianera que linda con el edificio de Baunes2131, de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, argumentando que ambos edificios se han separado por fracturas en las medianeras y que por el tamaño considera que es una fractura de más de 15 metros de alto promedio y aproximado de 2 a 3 centímetros de separación entre edificios, según el sector, cuyas grietas siguen avanzando y con ellas, según afirma el actor a fs. 22, generando más problemas.-

Expresa a fs. 21/27 que desconoce quien es el responsable de los daños edilicios graves que presenta su propiedad los que se van agravando a medida que pasa el tiempo, por lo que peticiona que un perito ingeniero determine los mismos y dictamine quién o quiénes son los responsables, así como que se libren los oficios de informes requeridos a fs. 26.-

Peticiona en consecuencia que se produzca la prueba pericial referida, la prueba informativa y solicita también que se ordene una “medida de no innovar por extrema urgencia para que la administración del Consorcio de Baunes 2125 y el de Baunes 2131 que Fecha de firma: 13/07/2018 Alta en sistema: 31/07/2018 Firmado por: DEL ROSARIO MATTERA MARTA Firmado por: B.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: VERON B.A., JUEZ DE CAMARA #31780026#211437218#20180713123516151 está en cabeza de la misma persona, acompañe documentación y suspenda cualquier intento de arreglos del hueco de aire y luz hasta tanto que el perito observe y perite el lugar y los daños” (conf. fs. 21 párrafo...

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