Sentencia de CAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA CIVIL, 11 de Julio de 2023, expediente FCR 008597/2023
Fecha de Resolución | 11 de Julio de 2023 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia Expte. N°: FCR 8597/2023
Comodoro Rivadavia, 11 de julio de 2023.-
Estos autos caratulados “A.C.N. c/
OSDE s/ AMPARO LEY 16.986”, en trámite ante esta Alzada bajo el Nº 8597/2023, provenientes del Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia.
Y CONSIDERANDO:
Llegan estos autos al acuerdo en virtud del pedido de aclaratoria formulado por la letrada de la parte actora respecto de la resolución dictada en fecha 28/06/2023 con relación al encuadre que corresponde otorgar a la figura de acompañante terapéutico reconocida cautelarmente en la sentencia.
Cabe señalar que la aclaratoria ha sido concebida para corregir cualquier error material,
aclarar algún concepto oscuro, o suplir cualquier omisión en que se hubiere incurrido, sin alterar lo sustancial de la decisión judicial.
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Por ello y atendiendo a la ausencia de previsión legislativa o reglamentaria respecto del valor del módulo de esta prestación, no pudiendo dicha falta, ir en desmedro de ninguna de las partes o acarrear incertidumbre acerca del alcance de la cobertura, será
provisoriamente precisado en esta instancia.
A tal fin, encontramos prudente encuadrarlo en el módulo “Maestro de Apoyo” previsto en la Resolución Conjunta 4/23 que prevé una cobertura –al mes de junio de 2023- de $ 95.922,07, adicionando un 20% en concepto de zona desfavorable con el fin de otorgar una cobertura razonable y acorde a esta etapa liminar del proceso, que prima facie, no vulnere ni desnaturalice el derecho de la amparista, y sin perjuicio de lo que se resuelva al dictar sentencia definitiva.
Ello así, atendiendo a la formación académica y trayectoria profesional que ha sido acreditada documentalmente en autos (Profesora de Educación Especial conforme título expedido por el Ministerio de Educación), y al múltiple rol que va a desempeñar, que incluye además del acompañamiento diario para distintas áreas de la vida cotidiana, un sostén en las actividades educativas Fecha de firma: 11/07/2023
Alta en sistema: 13/07/2023
Firmado por: J. LEAL DE IBARRA, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: ALDO E SUAREZ, JUEZ DE CAMARA
(certificado médico fs. 2/28 página 16 a 19) de la joven amparista.
En virtud de lo expuesto, este Tribunal
RESUELVE:
ACLARAR la sentencia de fecha 28/06/2023, en el sentido de que la prestación de acompañante terapéutico allí reconocida debe encuadrarse, a los fines de fijar el límite hasta el...
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