Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 1 de Julio de 2016, expediente CCF 000107/2012/CA002

Fecha de Resolución 1 de Julio de 2016
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 107/2012 C,. M.D. c/ OSPLAD s/SUMARISIMO DE SALUD Buenos Aires, 1 de julio de 2016.- MPP Y VISTOS: los recursos de apelación interpuestos y fundados por la actora a fs. 213/215 y por el Ministerio Público de la Defensa a fs. 229/230 –los que no fueron contestados en tiempo y forma por la parte demandada-, contra la sentencia de fs. 201/206; y CONSIDERANDO:

I.- La señora M.D. C,. representada por su hijo J. E. U,.

promovió acción de amparo –con medida cautelar innovativa- contra la entidad de medicina prepaga OSPLAD, a fin de que otorgara la cobertura al 100%, sin topes ni límites, de internación en institución de tercer nivel con atención médica y psiquiátrica permanente en la Asociación de Beneficencia Británica y Norteamericana –en adelante BABS-; doscientos pañales mensuales tamaño extragrande, con gel antialérgico y barrera antidesbordes; sillón de ruedas; cama ortopédica; colchón de aire y medicación de acuerdo con lo prescripto por su médico tratante. Expuso que la beneficiaria es discapacitada y ya se encuentra internada en el mencionado establecimiento, donde se le dispensa adecuado control y cuidado de las dolencias que padece, siendo desaconsejable el traslado a otra institución ya que podría incidir negativamente sobre la evolución de su patología.

En el pronunciamiento definitivo, la magistrada hizo lugar a la acción, ordenando a la demandada a que brinde la cobertura integral del 100% de la medicación, suministro de doscientos pañales –tamaño extragrande con gel antialérgico y barrera antidesbordes- un sillón de ruedas, cama ortopédica y colchón de aire. En tanto, en lo referente a la internación requerida en BABS, dispuso que deberá ser brindada con la limitación del marco del Nomenclador que indica la Resolución 1151/2014 modificatoria de la Resolución 1859/2013 del Ministerio de Salud –actualización de los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de Fecha de firma: 01/07/2016 Firmado por: RICARDO

V. GUARINONI - ALFREDO S. GUSMAN , #16186636#156759340#20160704121536620 las Personas con Discapacidad- de acuerdo a la categoría del instituto (categoría A, B o C), con más el porcentaje que prevé en concepto de dependencia (35%) y los eventuales incrementos que la normativa futura pudiera disponer. Impuso las costas a la demandada y...

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