Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 21 de Diciembre de 2021

Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2021
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita45/22
Número de CUIJ21 - 514139 - 4

T. 314 PS. 279/280

Santa Fe, 21 de diciembre del año 2021.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de L.O.C. contra la decisión de fecha 13 de mayo de 2021, dictada por el Juez del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de la Tercera Circunscripción Judicial, doctor C., en autos "., L. O. - Recurso de inconstitucionalidad en carpeta judicial: C., L. s/ Abuso sexual gravemente ultrajante doblemente agravado por ser encargado de la guarda y por el aprovechamiento de la convivencia preexistente con la víctima menor de edad (CUIJ 21-06645072-1)" (Expte. C.S.J. CUIJ 21-00514139-4); y,

CONSIDERANDO:

  1. Por decisión de fecha 13.5.2021, el Juez del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de la Tercera Circunscripción Judicial, doctor C., confirmó la prisión preventiva de L.O.C., ordenada por el Colegio de Jueces Penales de Primera Instancia de Venado Tuerto, integrado por los doctores C. y G. y la doctora B., al condenarlo como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante, doblemente agravado por ser encargado de la guarda y aprovechando la situación de convivencia preexistente con la víctima menor de dieciocho años, a la pena de once años de prisión, accesorias legales y costas.

    Contra la confirmación de la medida de coerción personal dispuesta, la defensa del encartado dedujo recurso de inconstitucionalidad.

  2. Surge de las constancias de la causa, que del decisorio atacado el imputado y su representante legal fueron notificados en audiencia celebrada vía Z. el 13.5.2021 (v. f. 2).

    Asimismo, se desprende de los obrados que la recurrente presentó su remedio extraordinario en fecha 30.7.2021, conforme cargo obrante a foja 9.

    La Alzada, mediante resolución N° 112 del 9.9.2021, denegó la concesión de la impugnación intentada (fs. 17/22v.), lo que motivó la presentación directa de la compareciente ante esta Corte (fs. 26/28v.).

  3. Así las cosas, la necesaria revisión del cumplimiento de los recaudos de admisibilidad del recurso de inconstitucionalidad intentado, evidencia que dicho...

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