Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 10 de Octubre de 2017, expediente CCF 009040/2016/CA001

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2017
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 9040/2016 C., F.E. c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO DE SALUD Buenos Aires, 10 de octubre de 2017. ISO VISTOS: el recurso de apelación interpuesto –y fundado- por la obra social demandada a fs. 69/70, replicado por la actora a fs. 72/73, contra la sentencia de fs. 66/68; y CONSIDERANDO:

  1. Que la señora M.L.P. –en representación de su hijo F.E.C., promovió la presente acción de amparo –con medida cautelar- contra la obra social “Unión Personal – Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación”, a fin de que le otorgara a su hijo la cobertura integral de, entre otras prestaciones, ortodoncia, estudios, análisis y exámenes médicos pre y postquirúrgicos, quirúrgicos, y de rehabilitación, como también otros gastos y costos que todo ello demande (confr. escrito de inicio, punto I). Expuso que el beneficiario, padece “hidrocefalia con avenamiento ventricular, provocándole dificultades en la masticación, deglución y fonación, contando con el respectivo certificado de discapacidad (fs. 5).

    Afirma que para aminorar las dificultades que posee en el habla, de acuerdo con lo expuesto por la odontóloga C.S. –M.N.

    33959/ M.P. 24400-, el menor debe someterse a un tratamiento de ortodoncia (confr. certificado de fs. 9).

    Así las cosas, dado el elevado costo que representa para la economía familiar costear la internación en el referido Centro Terapéutico, fue que requirió la cobertura de la prestación a través de la entidad aquí

    demandada.

    Que, ante la conducta negativa de la emplazada frente al pedido formulado a fin de que procediera a la cobertura del servicio reclamado (confr. instrumento de fs. 15/18), fue que inició el presente reclamo judicial.

    Fecha de firma: 10/10/2017 Alta en sistema: 31/10/2017 Firmado por: A.S.G. -R.V.G. -E.D.G. #29303133#190445580#20171006124614125

  2. Concluido el trámite con el respectivo informe suministrado por la demandada (fs. 46), el Magistrado de la anterior instancia –en la sentencia de fs. 66/68, hizo lugar al presente amparo, y dispuso que la Obra Social demandada procediera a brindarle al beneficiario la cobertura de las prestaciones médicas requeridas, de conformidad con la indicación médica del profesional que lo atiende.

    Esa decisión motivó el recurso de la accionada en los términos que surgen del memorial obrante a fs. 69/70, respondido por la actora a fs.

    75/76.

    M...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR