Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 13 de Diciembre de 2021, expediente CIV 017616/2014/CA001

Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2021
EmisorCamara Civil - Sala L

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L

Expte. n° 17616/2014

A, C A c/ TELECOM ARGENTINA S.A. s/DAÑOS Y

PERJUICIOS

(juzg. 21)

En Buenos Aires, a 13 de diciembre de dos mil veintiuno,

encontrándose reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la S. “L”

de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil a fin de pronunciarse en el expediente caratulado “A, C A c/ TELECOM

ARGENTINA S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS”, de acuerdo al orden del sorteo la Dra. I. dijo:

  1. En la sentencia dictada el 1 de junio de 2021, el señor juez de primera instancia rechazó la demanda interpuesta por C A A contra Telecom Argentina S.A. e impuso al actor las costas del proceso.

    Contra dicha decisión, expresó agravios el demandante con fecha 4/11/2021, los cuales no fueron replicados dentro del término de ley. Por último, el 25/11/2021 se dispuso el llamado de autos a sentencia y esta resolución que se halla firme y consentida, por lo cual las actuaciones se encuentran en condiciones de dictar el pronunciamiento definitivo.

  2. Antecedentes del caso Según lo expuso el accionante al promover la demanda, el día 7 de enero de 2012 a las 12:30 horas aproximadamente, el Sr. Á

    circulaba en su motocicleta por la calle S. de la localidad de Villa Maipú, Provincia de Buenos Aires. Relató que al llegar a la altura del n° 2519 de dicha arteria, la rueda delantera de su moto se enredó con un cable que colgaba desde un extremo de un poste, mientras que el otro extremo yacía enroscado sobre sí mismo en el asfalto.

    A raíz del siniestro, el actor salió despedido de la moto y cayó

    con violencia sobre el pavimento, lo que le produjo las lesiones que Fecha de firma: 13/12/2021

    Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.J.P., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: G.I., JUEZA DE CAMARA

    describió en el escrito inicial y le generó los daños patrimoniales y extrapatrimoniales cuya indemnización exigió a Telecom S.A. en carácter de dueña y/o guardiana del cable causante del accidente.

  3. La sentencia de primera instancia El magistrado de la instancia anterior rechazó la pretensión,

    pues consideró que las constancias aportadas a la causa conducen a la conclusión de que la demandada carece de legitimación pasiva para ser condenada en el presente litigio.

  4. Los agravios En esta instancia, como lo dije en el primer considerando,

    expresó agravios únicamente el actor, quien estimó erróneo el análisis de la prueba y la aplicación del derecho por parte de la primera juzgadora, solicitó la revocación de la sentencia recurrida y la admisión de la demanda.

  5. Aplicación de la ley en el tiempo En primer lugar, cabe aclarar que como el hecho ilícito que motiva este pleito se produjo con anterioridad a la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial, aquél habrá de ser juzgado —en sus elementos constitutivos y con excepción de sus consecuencias no agotadas— de acuerdo al sistema del anterior Código Civil,

    interpretado, claro está, a la luz de la Constitución Nacional y de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos ratificados por nuestro país, porque así lo impone una correcta hermenéutica en respeto a la supremacía constitucional (esta S., “E, N B c/ G, C A y otros s/ daños y perjuicios”, 17/3/2016, expte. N° 87.204/2012; “C, V

    E c/ M, J A y otro s/ cumplimiento de contrato”, 26/4/2016, expte. N°

    38.543/2013; “D, O E c/ Cencosud S.A. s/ daños y perjuicios”,

    12/5/2016, expte. N° 59.298/2011; entre muchos otros).

    Fecha de firma: 13/12/2021

    Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.J.P., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: G.I., JUEZA DE CAMARA

    Poder...

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