Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 21 de Febrero de 2020, expediente CSS 017441/2010/CA001

Fecha de Resolución21 de Febrero de 2020
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3

SENTENCIA DEFINITIVA

EXPEDIENTE NRO: 17441/2010

AUTOS: “BUSTOS, P. c/ MET AFJP s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS”

Buenos Aires,

EL DR.R.M.M. DIJO:

Contra la sentencia obrante a fs. 129/131, mediante la cual la Sra.

Juez resolvió hacer lugar a la demanda interpuesto por la parte actora, impuso las costas en el orden causado y reguló honorarios, apeló la demandada a fs. 135.

Al respecto, nada tengo que agregar al dictamen producido a fs. 150,

que se remite al dictamen de fs. 148/149, emitido por el Ministerio Público, cuyos términos comparto y a los que me remito en orden a la economía procesal.

En consecuencia, en caso de prosperar mi voto, rechazar el recurso deducido y confirmar la sentencia apelada; debiéndose agregar a la sentencia que en definitiva se dicte fotocopia del dictamen aludido a los efectos de su notificación. Costas por su orden en la Alzada (art.68, segundo párrafo, del CPCCN).

EL DR. M.L. DIJO:

Adhiero a las conclusiones a que arriba el Dr. Milano.

Por lo que resulta del acuerdo que antecede y de conformidad con lo dictaminado por el F., el Tribunal

RESUELVE:

rechazar el recurso deducido y confirmar la USO OFICIAL

sentencia apelada; debiéndose agregar a la sentencia que en definitiva se dicte fotocopia del dictamen aludido a los efectos de su notificación. Costas por su orden en la Alzada (art.68, segundo párrafo, del CPCCN).

C., protocolícese, notifíquese con copia del dictamen fiscal,

cúmplase con la comunicación dispuesta...

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