Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 19 de Septiembre de 2023, expediente CAF 011346/2021/CA001

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

11346/2021

BUSTOS, A.H. Y OTROS c/ EN - M DEFENSA -

RESOL 1459/93 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA

Y DE SEG

En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días del mes de septiembre de dos mil veintitrés, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver el recurso interpuesto en el expediente “B.A.H. y otros c/ EN-Mº Defensa – Resol 1459/93 s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.” el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El Sr. Juez de Cámara, Dr. P.G.F., dijo:

I.-Que mediante la sentencia del 18/5/23, el Sr.

Juez de la anterior instancia rechazó la demanda promovida por los actores contra el Estado Nacional, con el fin de que se les incorpore al concepto sueldo el “suplemento por Zona” creado por la Resolución 1459/93, en el marco de la Ley 19.101, con carácter remunerativo y bonificable. Impuso las costas a la parte accionante.-

II.-Que el 28/5/23 apelaron los accionantes y el 31/7/23 expresaron agravios, los que fueron contestados por su contraria el 15/8/23. El 16/8/23 se llamaron autos para sentencia.-

III.-Que el Sr. Juez de la anterior instancia para resolver como lo hizo expresó: “…para ser beneficiario del suplemento por zona es necesario cumplir con los requisitos objetivos que establece la norma, ellos son, primero acreditar que tengan a su cargo: ‘tareas que signifiquen alta especialización y sean cumplidas sin perjuicio de las que por su agrupamiento le correspondan’, o bien, cuando el agente ‘desempeñe sus tareas en ambientes o zonas insalubres o penosas’…Así

las cosas, corresponde precisar que la incorporación al haber mensual por parte de un suplemento se puede dar de dos formas, por un lado, que la norma de creación le otorgue el carácter de suplemento general, o bien,

Fecha de firma: 19/09/2023

Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.L.P., PROSECRETARIA DE CAMARA

que las asignaciones sean pagadas a la generalidad del personal de la fuerza por el mero hecho de serlo; ninguno de los dos supuestos se encuentran acreditados en la presente causa”.-

IV.-Que los actores se agravian de la sentencia recurrida, por cuanto entienden que el suplemento “por Zona”

conforme...

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