Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 5 de Febrero de 2018, expediente CIV 085639/2009

Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2018
EmisorCamara Civil - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A CIV 085639/2009/CA001 “BUSTAMANTE MARÍA ESTHER Y PICO JOSÉ MARÍA S/ SUCESIÓN AB-INTESTATO” (LS)

Expte. n° 85.639/09 (J. 71)

Buenos Aires, 5 de febrero de 2018.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que vienen estos autos a la Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto subsidiariamente a fs. 259/260, contra la resolución de fs. 258, en la cual el Sr. Juez de primera instancia hizo saber a los herederos que la ejecución del seguro del vehículo en cuestión excede el marco cognoscitivo del presente litigio.

  2. Al respecto, cabe recordar que la finalidad del trámite sucesorio apunta a determinación objetiva o subjetiva de los bienes dejados por el causante, y de las personas que habrán de heredarlo (esta Sala, 28/8/79, ED 87-

828; C., S.C., 12/9/79, LL 1982-A-580; ídem, Sala E, 13/5/80, LL 1980-D-36). De allí que este proceso universal no tiende a la satisfacción de pretensiones resistidas o insatisfechas. De allí

que toda cuestión que exceda de las personas que habrán de heredar al causante, y a los bienes que integraban el patrimonio de este último, exceden su ámbito cognoscitivo (M., G., Proceso Sucesorio, Rubinzal-Culzoni, Santa Fe, 2006, t. 1, p. 440; esta Cámara, S.C., 20/2/90, "M. de Leiz, Mercedes s/ sucesión", LL 1990-D, 221; Cám.

C.. y Com. de la Matanza, S.I., 27/11/08, "S.M., A. c/M., D. y otros", LLBA 2009 (febrero), 99).

Fecha de firma: 05/02/2018 Alta en sistema: 22/02/2018 Firmado por: JUECES DE CAMARA, #12423984#197849195#20180205143910522 Partiendo de esas premisas, fácil resulta concluir que la cuestión vinculada con el reclamo de las sumas que, supuestamente, la aseguradora Zurich Argentina Compañía de Seguros S.A. adeudaría como consecuencia de la sustracción del vehículo de marras excede el marco del presente juicio universal, y debe ser debatida por la vía y forma correspondientes. Es que el embargo pretendido implica el reclamo compulsivo de los importes en...

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