Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV, 16 de Agosto de 2019, expediente CNT 046855/2016/CA001

Fecha de Resolución16 de Agosto de 2019
EmisorCÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA DEFINITIVA N° 106.318 CAUSA N°

46855/2016 SALA IV “B.L.J. c/

ASOCIART ART S.A. s/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL”

JUZGADO N° 65.

En la ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, a los 16 de agosto de 2019, reunidos en la Sala de Acuerdos los señores miembros integrantes de este Tribunal, a fin de considerar el recurso interpuesto contra la sentencia apelada, se procede a oír las opiniones de los presentes en el orden de sorteo practicado al efecto, resultando así la siguiente exposición de fundamentos y votación:

El doctor H.C.G. dijo:

I) Disconforme con la sentencia de primera instancia de fs.

178/188, que hizo lugar a la demanda por accidente in itinere, apela el actor a tenor del memorial de agravios que luce a fs. 190/191. Dicha presentación obtuvo su oportuna réplica a fs. 195.

Por otra parte, a fs. 189, se alza la perito médica por considerar bajos los honorarios regulados a su favor.

II) Memoro que la Sra. Jueza a quo condenó a Asociart ART S.A.

a reparar las secuelas físicas que incapacitan al accionante y que resultaron consecuencia del accidente in itinere que acaeció el día 16 de febrero de 2016 cuando, a bordo de su motocicleta, “…fue violentamente embestido por un automovilista que quiso doblar a la derecha en una maniobra totalmente imprudente…[]…provocándole diversos traumatismos de gravedad, entre ellos esguince de tobillo,

siendo también afectadas las zona lumbar y cervical por el fuerte golpe que sufrió…” (v. fs. 5 vta.).

La judicante conforme las consideraciones que expresó en el pronunciamiento (v. fs. 180/184) estableció que la disminución laborativa del actor alcanzó un 13,5% de su T.O.

III) El accionante cuestiona que se haya rechazado el porcentaje de incapacidad psicológica informado por la perito médica.

Analizadas las constancias de autos, anticipo que el agravio debería tener favorable acogida. Hago esta afirmación por las siguientes consideraciones.

Fecha de firma: 16/08/2019

Alta en sistema: 24/07/2020

Firmado por: H.C.G., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: S.E.P.V., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.G.B., S. #28612163#241791454#20190816125238440

Poder Judicial de la Nación La licenciada en psicología luego de efectuar la entrevista y de realizarle al actor los test correspondientes –ver psicodiagnóstico a fs.

135/146- expresó que “…el Sr. L.J.B.

presenta, según el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-IV) un TRASTORNO DE ESTRÉS POSTRAUMÁTICO

en remisión parcial, como consecuencia del impacto emocional producido por el accidente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR