Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 17 de Octubre de 2017, expediente CAF 041160/2013/CA001

Fecha de Resolución17 de Octubre de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación 41160/2013 BUNGE ARGENTINA SA c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO Buenos Aires, 17 de octubre de 2017.- SH Y VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto –en subsidio del de revocatoria- por la parte actora a fs. 282/287, contra la resolución de fs.

281, cuyo traslado conferido a fs. 289 fue replicado por el Fisco Nacional AFIP-DGA a fs. 294/296; y, CONSIDERANDO:

  1. Que por la providencia del 4 de noviembre de 2016, en cuanto aquí importa, vocal integrante del Tribunal Fiscal de la Nación resolvió rechazar la solicitud formulada por la firma Bunge Argentina SA a fs. 269/270 a fin de que se declaren condonados de pleno derecho los intereses reclamados en los cargos aduaneros 2772/2008 a 2808/2008, de conformidad con lo dispuesto por el art 56 de la ley 27.260 (cfr. fs. 281).

    En sustento de lo así dispuesto, sostuvo que “no corresponde a este Tribunal pronunciarse respecto del beneficio dispuesto por la ley 27.260 de “Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, de la Seguridad Social y Aduaneras”, cuyo procedimiento fuera reglamentado por la resolución general 3920/206, debiendo dirigir la petición efectuada por la vía administrativa pertinente”.

  2. Que disconforme con lo así dispuesto, la exportadora manifiesta formula sus quejas contra la resolución cuestionada y comienza por argumentar que omitió pronunciarse sobre las cuestiones propuestas por las partes. En ese orden de ideas, destaca que los fundamentos vertidos en las presentaciones del 2/09/2016 y del 21/10/2016 eran definitorios del resultado de la contienda y que el tribunal ni siquiera efectuó un examen de las normas invocadas, limitándose a afirmar que la actora no cumplió con los requisitos del art.

    53 de la ley 27.260 y que el Tribunal Fiscal de la Nación es incompetente para pronunciarse al respecto (cfr. fs. 282, punto 1 “falta de fundamentación”).

    Fecha de firma: 17/10/2017 Alta en sistema: 19/10/2017 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #16342452#190780635#20171017125756433 Poder Judicial de la Nación 41160/2013 BUNGE ARGENTINA SA c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO Manifiesta que la aplicación de la ley 27.260 es automática y opera de pleno derecho en el caso de la condonación de intereses, tales como los que se discuten en autos, sin que corresponda que la DGA tome nueva intervención en esta instancia, cuando por la apelación ante el Tribunal Fiscal la aduana ha perdido toda competencia (cfr. fs. 282vta., último párrafo).

    Insiste en que se admita el recurso y, en su consecuencia, el Tribunal Fiscal de la Nación declare la condonación de pleno derecho de los intereses reclamados a través de los cargos, conforme lo dispuesto por el art. 56...

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