Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 12 de Febrero de 2010, expediente 33.018/07

Fecha de Resolución12 de Febrero de 2010

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario SENTENCIA DEFINITIVA Nº: 97633 SALA II

Expediente Nro.: 33018/07 (J.. Nº40)

AUTOS: "BULACIOS ALVARO NESTOR C/ CITYTECH S.A. S/DESPIDO"

VISTO

Y CONSIDERANDO:

En la Ciudad de Buenos Aires, el 12/2/10 , reunidos los integrantes de la Sala II a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente,

proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

M.Á.P. dijo:

La sentencia de primera instancia hizo lugar a las pretensiones salariales, indemnizatorias y sancionatorias deducidas en el escrito inicial.

A fin de que sea revisada esa decisión por este Tribunal de Alzada, interpuso recurso de apelación la parte demandada, en los términos y con los USO OFICIAL

alcances que explicita en su expresión de agravios (fs. 170/171). A su vez, cuestionó

la regulación de honorarios profesionales efectuada en favor de los letrados intervinientes, por considerarla elevada. Asimismo, el perito contador criticó la regulación de honorarios efectuada en su favor, por considerarla reducida.

  1. fundamentar el recurso, la apelante se agravia porque,

según entiende, la a quo efectuó una interpretación parcializada de los hechos expuestos en la causa; porque, a su juicio, no se contempló en modo alguno las impugnaciones oportunamente efectuadas a las declaraciones obrantes en la presente litis; porque la sentenciante calculó la incidencia del SAC sobre la indemnización sustitutiva del preaviso cuando, a su criterio, no debe ser calculada tal incidencia en virtud del carácter indemnizatorio que posee la mencionada indemnización; y, porque la Sra. juez de grado consideró procedentes los rubros específicamente cuestionados por su parte en tiempo oportuno. Por las razones que -sucintamente- se han reseñado,

solicita se revoque la sentencia recurrida, en tales aspectos, en función de las críticas planteadas.

Seguidamente, me he de abocar al análisis de cada uno de los agravios expresados por la recurrente.

El segmento recursivo de la demandada dirigido a cuestionar los rubros por los que prospera la demanda, el modo en que fuera valorada la prueba testimonial producida en la causa; y, la interpretación parcializada que, a criterio de la recurrente, efectuara la Sra. juez a quo, -y sin que esto implique desmerecer en modo alguno la labor profesional del letrado que suscribe la Expte. N...

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