Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL, 3 de Mayo de 2018, expediente FRO 055003939/2012/CA001

Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B Prev/Def Rosario, 03 de mayo de 2018.

Visto, en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente N.. FRO 55003939/2012, caratulado “B.G.E.C. c/

ANSES s/ REAJUSTES POR MOVILIDAD” (Originario del Juzgado Federal Nro. 1 de la ciudad de Santa Fe).

Vienen los autos a esta alzada a fin de resolver los recursos de apelación interpuestos por las partes. La actora se agravia de la aplicación del precedente “M.” y de la tasa pasiva de interés.

Y considerando que:

  1. ) En cuanto al recurso de apelación de la demandada, concedido a fs. 50 y notificada de la obligación de expresar agravios, conforme constancia de fs. 55 vta., ésta no se presentó a fundarlo, por lo que vencido el término corresponde declararlo desierto, por aplicación de la regla del art. 266 del C.Pr.C.C.N.

  2. ) En relación a los agravios vertidos por la actora –cuyos términos se dan por reproducidos, por razones de economía y celeridad procesal- nos remitimos en su parte pertinente, por guardar analogía, a lo resuelto por esta Sala “B”, en Acuerdo del 13 de diciembre de 2017, en los autos caratulados “WASERMANN, G.J. c/ A.N.SE.S s/ Reajuste por Movilidad”, expte nro. FRO 55000141/2011, pudiéndose ingresar para su lectura a www.cij.gov.ar/sentencias.

  3. ) En relación a la aplicación de la tasa de interés activa solicitada, corresponde su rechazo conforme lo resuelto por nuestro Máximo Tribunal en la causa “Spitale, J.E. c/ Anses” del 14/09/2004 y “C., R.O. c/ Anses s/ reajustes varios” del 18/04/2017.

  4. ) En cuanto a las costas de esta instancia, conforme lo dispuesto por el art. 21 de la ley 24.463 corresponde distribuirlas por su Fecha de firma: 03/05/2018 Alta en sistema: 04/05/2018 Firmado por: J.G.T., Juez de Cámara Firmado por: EDGARDO BELLO, Juez de Cámara #3053654#205210539#20180503092443193 Poder Judicial de la...

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